Mediante la Resolución N° 030-2016-SUNAFIL/ILM, la Intendencia de Lima Metropolitana confirmó una multa de 19,000 soles contra una empresa cuyos representantes llegaron tarde a una comparecencia ante Sunafil.
Con esta decisión Sunafil ratifica su rechazo ante toda actitud obstruccionista a la labor inspectiva para verificar el cumplimiento de la legislación laboral en el país.
A criterio de la Sunafil, el empleador inspeccionado estuvo debidamente notificado para la comparecencia fijada en fecha y hora específica a realizarse en las instalaciones de la institución fiscalizadora. Sin embargo, hasta diez minutos después de la hora establecida para dicha audiencia, ningún representante del empleador cumplió con presentarse, por lo que este incurrió en inasistencia, catalogada como una infracción muy grave.
La intendencia considera que el tiempo de tolerancia mínimo para la diligencia debe contabilizarse desde la hora que fue fijada como inicio de la comparecencia, y en el caso concreto se dejó constancia que siendo 15 minutos después de la hora fijada para la diligencia la empresa no se presentó.