El cronograma para presentar la declaración anual de renta del 2021 inicia este 25 de marzo y finaliza el 8 de abril con los buenos contribuyentes. Es importante resaltar que, a diferencia del año pasado, ya no hay régimen de excepción por pandemia para presentar la declaración fuera de fechas.   

A continuación, se explicará a detalle lo que se debe considerar al momento de presentar los gastos deducibles y no deducibles para el Impuesto a la Renta (IR) del ejercicio 2021. 

¿Qué son los gastos deducibles? 

Son aquellos gastos que están vinculados a la actividad económica de la empresa y que pueden deducirse para la determinación del impuesto a pagar, según lo establecido en el artículo 37 de la Ley del IR y 21 de su reglamento.   

¿Cuáles son las condiciones para que sean gastos deducibles? 

  • Deben ser causales, es decir, que esté relacionado con la actividad de la empresa.  
  • Debe contarse con un comprobante de pago que acredite que dicho gasto sea incurrido. 
  • Deben estar debidamente contabilizado y registrado en la contabilidad de la empresa. 
  • El devengo debe ser en el ejercicio por el cual se va a declarar.  
  • En el caso de los no domiciliados, la norma establece que deben ser pagados para su deducibilidad. De lo contrario, deben reparase y no se consideran como gastos deducibles del ejercicio. 
  • Deben contar con el test de beneficio para gastos con empresas vinculadas. Si no se tiene el test de beneficio, el gasto deberá ser reparado. 

* El Test de beneficio es un reporte que se elabora en el área de precios de transferencia, en la cual se detalla el beneficio que le reporta la empresa que está recibiendo el gasto con una empresa vinculada.  

Otras condiciones:  Debe haber una proporcionalidad entre el monto del gasto y el monto del ingreso; normalidad para la actividad que genera renta; y cumplirse con la generalidad para ciertos gastos laborales que deben ofrecerse a las personas que están en la misma posición y que cumplen el mismo cargo.  

¿Qué son los gastos no deducibles? 

Aquellos cuya deducción está expresamente prohibida por la Ley del IR, aun cuando cumplan las condiciones antes explicadas. Así, tenemos: gastos no acreditados con comprobantes de pago; gastos o pagos en paraísos fiscales; liberalidades; gastos personales; entre otros. 

Conclusión: 

En resumen, para presentar los gastos deducibles y no deducibles para el Impuesto a la Renta (IR) del ejercicio 2021 se debe considerar distintos aspectos como la causalidad de los gastos, el contar con un comprobante de pago y estar debidamente contabilizado y registrado en la contabilidad de la empresa. Asimismo, se debe considerar la fecha de devengo y contar con el test de beneficio, si es el caso. 

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