Mediante la Resolución Nº 061-2016-EF/30 del Consejo Normativo de Contabilidad publicada el 02.04.2016 se oficializan las modificaciones a la NIC 12 Impuestos a las Ganancias y a la NIC 7 Estados de Flujos de Efectivo.

 

Que, conforme al artículo 10º de la Ley Nº 28708 – Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, el Consejo Normativo de Contabilidad tiene entre otras, la atribución de emitir resoluciones dictando y aprobando las normas de contabilidad para las entidades del sector privado; Que, conforme al numeral 16.3 de la precitada Ley, las entidades del sector privado efectuarán el registro contable de sus transacciones con sujeción a las normas y procedimientos dictados y aprobados por el Consejo Normativo de Contabilidad;

 

Que, en la Octogésima Sétima Sesión del Consejo Normativo de Contabilidad, realizada el 31 de marzo del presente año, se acordó oficializar las modificaciones a las Normas Internacionales de Información Financiera remitidas por la IFRS para su utilización en el país; En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 10º de la Ley Nº 28708 – Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad;

 

Por lo expuesto, resuelven:

 

Artículo 1º.- Oficializar las modificaciones a la NIC 12 Impuestos a las ganancias y a la NIC 7 Estado de flujos de efectivo.

Artículo 2º.- La vigencia de las modificaciones de las normas indicadas en el artículo 1° de la presente Resolución, será la establecida en cada una de ellas.

Artículo 3°.- Publicar las modificaciones a las normas señaladas en el artículo 1° de la presente Resolución en la página Web del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe

Artículo 4º.- Encargar a la Dirección General de Contabilidad Pública y recomendar a la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, los Colegios de Contadores Públicos Departamentales y a las Facultades de Ciencias Contables y Financieras de las Universidades del país y otras instituciones competentes, la difusión de lo dispuesto por la presente resolución.