Desde el mes de septiembre, las empresas han recibido cartas inductivas de Sunafil en las cuales se solicita que los empleadores identifiquen si su personal cumple con los tres requisitos esenciales para la configuración de una relación laboral que son: prestación personal de servicios, remuneración y subordinación. Por lo que, de evidenciarse estos elementos deberán estar debidamente inscritos en la planilla electrónica

¿Por qué Sunafil está notificando cartas inductivas?

Se trata de una campaña organizada por Sunafil que tiene por finalidad la formalización de prestadores de servicios que cumplen con los tres requisitos de una relación laboral. Ello debido a que Sunafil, mediante la revisión de la planilla electrónica, vislumbró la posibilidad de que trabajadores se encuentre en la situación de informalidad.

¿Cómo actuar si recibo una carta inductiva de Sunafil?

  1. Conocer que Sunafil advierte que se tiene el plazo de 15 días desde que se recibió la Carta para contestar.
  2. Durante este plazo otorgado el empleador deberá verificar la situación del personal de la empresa, mediante el contrato suscrito, el tipo de servicio contratado, la situación fáctica como el otorgamiento de herramientas de trabajo o beneficio adicional, entre otros que permitan evidenciar o no una relación de subordinación del personal al empleador.
  3. Una vez concluido el segundo paso, deberá presentar a través de la casilla electrónica de Sunafil, documentos que acrediten la situación del personal independiente.

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