El día 12 de julio de 2022 fue publicada la Resolución de Superintendencia N° 000123-2022/SUNAT, misma que tiene por objeto facilitar y reducir el costo de cumplir con las obligaciones tributarias. Entre una de las principales disposiciones de dicha resolución, se designó a los sujetos que, en forma progresiva, adquirirán la calidad de emisores electrónicos por determinación de las Guías de Remisión Electrónica (GRE).
Al respecto, cabe diferenciar las Guías de Remisión – Remitente de las Guías de Remisión – Transportista, pues mientras las primeras son usadas cuando el traslado de bienes es realizado por el propietario de los mismos, con sus propias unidades de transporte, las segundas son usadas cuando el traslado de bienes es realizado por terceros. A su vez, la designación de las Guías de Remisión obedecerá a la clasificación según sujetos o según bienes transportados.
Así tenemos:
Designación de emisores electrónicos de guías de remisión – Remitente
1. Por sujetos obligados:
Sujetos obligados |
Fecha desde la cual deben emitir GRE – Remitente |
Contribuyentes a partir de 1.1.2023 se inscriban en el RUC u obtengan el alta del RUC. |
Desde el momento en que deban emitir una guía de remisión |
Contribuyentes que al 31.12.2022 pertenezcan al directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales o al de los principales contribuyentes de la intendencia Lima, Intendencias Regionales u oficinas zonales. |
01.07.2023 |
Contribuyentes que a partir del 1.1.2024 deban emitir una guía de remisión remitente. |
Desde el momento en que deban emitir una guía de remisión |
2. Por tipo de bienes transportados:
Sujetos obligados |
Fecha desde la cual deben emitir GRE – Remitente |
Contribuyentes que trasladen arroz, azúcar y/o alcohol etílico, cuyo traslado esté sujeto a detracción o al IVAP |
Desde el momento en que deban emitir una guía de remisión, a partir del 01.01.2023 |
Contribuyentes que trasladen bienes por importaciones realizadas. |
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Contribuyentes que a partir del 1.1.2024 deban emitir una guía de remisión remitente. |
Designación de emisores electrónicos de guías de remisión – Transportista
1. Por sujetos obligados:
Sujetos obligados |
Fecha desde la cual deben emitir GRE – Remitente |
Contribuyentes a partir de 01.01.2023 se inscriban en el RUC u obtengan el alta del RUC |
Desde el momento en que deban emitir una guía de remisión |
Contribuyentes que al 31.12.2022 pertenezcan al directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales o al de los principales contribuyentes de la intendencia Lima, Intendencias Regionales u oficinas zonales |
01.07.2023 |
Contribuyentes que a partir del 01.01.2024 deban emitir una guía de remisió remitente. |
Desde el momento en que deban emitir una guía de remisión. |
2. Por tipo de bienes transportados:
Sujetos obligados |
Fecha desde la cual deben emitir GRE – Remitente |
Contribuyentes que realicen el servicio de traslado de bienes de importaciones realizadas |
Desde el momento en que deban emitir una guía de remisión a partir del 01.01.2023. |
Contribuyentes que trasladen cemento desde o hacia zonas geográficas que se encuentren bajo el Régimen Especial para el control de Bienes Fiscalizados o para el traslado de cemento dentro de dichas zonas |
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