Todo colaborador tiene derecho a disfrutar de 30 días calendario de descanso físico remunerado de manera ininterrumpida por cada año completo de servicio. Sin embargo, deberán de cumplir los siguientes requisitos para adquirir este derecho de vacaciones laborales:

  • Se gana el derecho de 30 días de vacaciones luego de un año calendario de trabajo.
  • Tendrán derecho las personas que laboran al menos una jornada de 4 horas diarias.
  • Si las personas laboran 6 días a la semana, debe haber asistido como mínimo 260 días en ese periodo.
  • Si la persona labora 5 días a la semana debe haber asistido como mínimo 210 días en ese periodo.
  • Si la persona labora 3 o 4 días de la semana debe haber tenido menos de 10 faltas injustificadas.

La oportunidad del descanso vacaciones será fijado en común acuerdo entre el empleador y el trabajador en caso no se llegue a un acuerdo el empleador podrá hacer uso de su facultad directriz.

Es posible que el trabajador solicite al empleador el fraccionamiento de dicho descanso no pudiendo ser menor a 7 días consecutivos.

La reducción o venta de vacaciones se da cuando el trabajador y el empleador acuerdan por escrito la venta de máximo 15 días de vacaciones.

También existe el adelanto de vacaciones (antes de cumplir un año en la empresa), si bien la ley no lo prohíbe, tampoco está en el reglamento. Esto dependerá únicamente de la empresa.

En caso de encontrarse discapacitado por alguna enfermedad o accidente, no se podrá otorgar el beneficio del descanso vacaciones, salvo que la incapacidad haya sucedido dentro del periodo de vacaciones.

La triple vacacional

Este derecho se gana cuando el colaborador no disfruta del descanso vacacional dentro del año siguiente a aquel en el que se adquiere el derecho. La triple vacacional consiste en el abono de tres remuneraciones mensuales por los siguientes conceptos: Una remuneración por el trabajo realizado, una remuneración por el descanso vacacional adquirido y no gozado y una indemnización equivalente a una remuneración por no haber disfrutado del descanso vacacional, esta indemnización no está sujeto a pago o retención de ninguna aportación.

Todas estas remuneraciones se otorgarán en función del salario que percibe el colaborador en la fecha que se realiza el pago. El pago de la triple vacacional se debe realiza inmediatamente después de haberse configurado la falta.

Las vacaciones es un derecho laboral

No obstante, aunque las vacaciones laborales son un derecho del colaborador es necesario hacer una gestión adecuada del proceso, por lo que una vez conocido el calendario de vacaciones, el trabajador también deberá hacer una solicitud de las vacaciones dirigida a la empresa para especificar cuando las desea, con fechas exactas, y que la empresa las confirme.