Cuando dos empresas relacionadas hacen negocios entre sí, la ley exige que el precio sea equivalente a los que habrían acordado empresas independientes en condiciones comparables. Las metodologías son las herramientas técnicas que usamos para analizar que ese precio es justo.
No existe una sola fórmula. Dependiendo del tipo de operación, se aplica el método que mejor refleje la realidad económica de la transacción.

🧾 Elección del mejor método:

No se elige por preferencia ni por conveniencia. Se elige el método que mejor se adapte a:

  • La naturaleza de la transacción
  • Funciones, activos y riesgos
  • La disponibilidad de información
  • Grado de comparabilidad

⚖️ Metodologías tradicionales según la Ley del Impuesto a la Renta:

  1. Precio Comparable no Controlado: Se aplica cuando es posible comparar directamente el precio de la operación con el de transacciones entre partes independientes
  2. Precio de Reventa: Recomendado para empresas distribuidoras sin transformación significativa.
  3. Costo Incrementado: Aplicable a empresas que prestan servicios o fabricantes.
  4. Partición de Utilidades: Sugerido para empresas que trabajan juntas y comparten procesos.
  5. Residual Partición de Utilidades: Sugerido para empresas que trabajan juntas, pero dividen procesos.
  6. Margen Neto Transaccional: Sugerido cuando se analiza la rentabilidad operativa obtenida en la transacción.

🔍Métodos no tradicionales:

Pueden aplicarse cuando, por la naturaleza de la operación o la falta de información, no es posible utilizar los métodos tradicionales (DS N° 302-25).
 


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