Los exámenes médicos ocupacionales tienen una gran incidencia en la salud de los trabajadores puesto que con ellos es que se determina cuando un colaborador cuenta con aptitud física para poder desempeñar sus funciones, por otro lado los exámenes médicos también permiten determinar una condición física previa que podría tener el trabajador al momento de realizar sus funciones y que probablemente desencadenaría en una enfermedad ocupacional dando lugar a posibles indemnizaciones al momento del despido.

exámenes médicos ocupacionales

Anteriormente la norma nos indicaba que los exámenes médicos  ocupacionales se tenían que practicar obligatoriamente al inicio, durante y al final de la relación laboral, eso ha sido modificado puesto que toda empresa que realiza actividades de alto riesgo tiene la obligación de realizarlo al inicio durante y al término de la relación laboral, mientras que para aquellas que no realizan estas actividades riesgosas pueden practicarlo cada dos años y al momento de la salida solamente se estará en la obligación de practicar un examen médico si es que el propio colaborador lo solicita por escrito.

El empleador está en obligación de establecer un procedimiento de vigilancia en cuanto a evaluaciones de la salud de los trabajadores, en esta evaluación se tiene que considerar dos aspectos, la evaluación de la salud en específico de los trabajadores y la evolución de los riesgos a los que está sometido el trabajador. La norma también nos indica que se debe  contar con un médico ocupacional en la empresa , anteriormente teníamos como requisito tener  como mínimo  200 colaboradores para poder contratar obligatoriamente un médico ocupacional, hoy por hoy esa norma a cambiado y el requisito ha subido a 500 trabajadores , es ahí donde se tiene que contratar obligatoriamente a un médico ocupacional, este debe estar colegiado y habilitado por el colegio médico, adicional debe ser egresado de una maestría en seguridad y salud del trabajo.

Recordemos que los empleadores tienen el deber de confidencialidad en los resultados de los exámenes por ello no se puede divulgar y tampoco puede ser usado como causal de despido puesto que el ministerio de trabajo y promoción del empleo lo considera como discriminación.

El incumplimiento de realización de exámenes médicos a los colaboradores está tipificado como falta grave.

 

Autor: María Huarcaya, supervisora de RRHH de RSM Perú