INFORME N.° 199-2016-SUNAT/5D0000

FECHA: 30/01/2017

MATERIA

En el caso de una persona jurídica domiciliada en el Perú, cuyo único objeto social consiste en la compra y venta de acciones de otras personas jurídicas, y que no ha realizado la primera transferencia de tales acciones, pero que ya obtiene ingresos provenientes de préstamos esporádicos otorgados a las empresas de las que es accionista, esto último no supone que la empresa haya dado inicio a sus operaciones productivas para efecto del ITAN.

INFORME N.° 203-2016-SUNAT/5D0000

FECHA: 31/01/2017

MATERIA          

Se consulta si en la etapa de apelación, para efectos de la renovación de la carta fianza presentada para la admisión de medios probatorios extemporáneos en la etapa de reclamación, corresponde que la deuda tributaria a que se refiere dicha carta fianza sea actualizada hasta por el período por el cual se realizaría su renovación.

Para efectos de la renovación, en la etapa de apelación, de la carta fianza presentada para la admisión de medios probatorios extemporáneos en la etapa de reclamación, corresponde que la deuda tributaria sea actualizada hasta por doce (12), dieciocho (18) meses o veinte (20) días hábiles, según corresponda, posteriores a la fecha de interposición de la apelación.

INFORME N.° 204-2016-SUNAT/5D0000

FECHA: 31/01/2017

MATERIA

Se consulta si, de acuerdo con el Apéndice I del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), la venta en el país de camu camu fresco está exonerada del IGV, y de ser así, en qué partida arancelaria de dicho apéndice se encuentra. La venta en el país del camu camu como fruta fresca, clasificada en la subpartida nacional 0810.90.90.00 se encuentra exonerada del IGV.