Reporte Local

Reporte Local

Obligatoriedad:

Los contribuyentes se encuentran obligados a presentar la Declaración Jurada Reporte Local, cuando en el ejercicio gravable al que corresponde la declaración, cumpla la siguientes condiciones:

•Los ingresos devengados hayan superado los 2300 UIT (en el ejercicio 2021 PEN 10,120,000).

•Hubieran realizado transacciones dentro del ámbito de aplicación de las normas de precios de transferencia, cuyo monto de operaciones sea igual o mayor a las 100 UIT(en el ejercicio 2021 PEN 440,000) .

La estructura del Reporte Local dependerá de lo siguiente:

Reporte Local

Vencimiento

Vencimiento

Multa

Multa

Las sanciones tienen gradualidad del 100% si son subsanadas de forma voluntaria antes de la notificación de parte de la administración tributaria, de acuerdo a lo señalado en el Anexo  del Régimen de Gradualidad vigente a partir del 01 de febrero del 2014.