La Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema, mediante la Casación Laboral N.° 29553-2024 Loreto, ha emitido un pronunciamiento que genera un importante debate en materia laboral respecto al cese de trabajadores de confianza y la procedencia de la indemnización por despido arbitrario.

A continuación, te explicamos los principales alcances de este criterio judicial y su impacto para empleadores y trabajadores.


🏛️ ¿Qué resolvió la Corte Suprema?

La Corte Suprema analizó el caso de un trabajador de confianza que fue cesado invocándose únicamente la pérdida de confianza, concluyendo que dicha situación no constituye por sí sola una causa justa de despido prevista en la legislación laboral peruana.

⚖️ ¿Por qué es importante esta decisión?

Porque cuestiona el criterio tradicional según el cual la pérdida de confianza bastaba para extinguir la relación laboral de determinados trabajadores sin generar consecuencias indemnizatorias. Este pronunciamiento refuerza la necesidad de acreditar una causa legalmente prevista para justificar el despido.

🔍 5 aspectos clave de la Casación Laboral N.° 29553-2024 Loreto

  1. La pérdida de confianza no constituye una causa justa de despido por sí misma

    La Corte Suprema señala que el empleador debe sustentar el cese en alguna de las causas previstas expresamente por la ley y no únicamente en una apreciación subjetiva de pérdida de confianza.

  2. El despido debe encontrarse debidamente acreditado

    La decisión empresarial debe sustentarse en hechos objetivos y verificables que permitan demostrar la existencia de una falta o causa legal que justifique la extinción del vínculo laboral.

  3. Los trabajadores de confianza también gozan de protección frente al despido arbitrario

    Si bien ocupan cargos de especial responsabilidad, ello no implica la pérdida de las garantías mínimas reconocidas por la legislación laboral.

  4. La ausencia de una causa legal puede generar el pago de indemnización

    Cuando el empleador no acredita una causa justa prevista en la normativa laboral, el cese puede ser calificado como despido arbitrario, dando lugar al pago de la indemnización correspondiente.

  5. Las empresas deben revisar sus procedimientos de desvinculación

    Este criterio reafirma la importancia de documentar adecuadamente los hechos que motivan un despido y de verificar que la medida se encuentre respaldada por una causal legal.

✅ ¿Qué deben hacer las organizaciones?

Las empresas deberían revisar sus políticas internas, procedimientos disciplinarios y criterios aplicables a los trabajadores de dirección y confianza, a fin de reducir contingencias laborales y asegurar que cualquier decisión de desvinculación se encuentre debidamente sustentada.

📚 La Casación Laboral N.° 29553-2024 Loreto marca un precedente relevante en la discusión sobre los límites de la pérdida de confianza como fundamento del cese laboral y refuerza la necesidad de que las decisiones empresariales respeten las garantías previstas en nuestro ordenamiento jurídico.


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