Invertir en acciones es una decisión estratégica que puede generar buenos rendimientos. No obstante, llega un momento en el que el inversionista —sea persona natural o jurídica— desea recuperar el capital que inicialmente aportó. En el caso del Perú, existen diversas formas de hacerlo, así como procedimientos específicos que se deben seguir, especialmente cuando se trata de inversionistas no domiciliados.

A continuación, presentamos una guía clara sobre las principales vías de recuperación de capital y el rol clave del Certificado de Capital Invertido emitido por SUNAT. 

Formas comunes de recuperar la inversión  

Entre las alternativas más utilizadas para recuperar el capital invertido en acciones se encuentran: 

  • Venta de acciones: Puede realizarse en el mercado secundario (como la Bolsa de Valores de Lima) o a través de transacciones privadas.
  • Distribución de dividendos: Algunas empresas reparten utilidades periódicamente, permitiendo al accionista recuperar parte de su inversión.
  • Procesos de fusión o adquisición: El accionista puede recibir pagos en efectivo o acciones de la empresa adquirente.
  • Recompras de acciones: Algunas compañías ejecutan programas para adquirir sus propias acciones.
  • Liquidación de la empresa: En ese escenario, los activos se distribuyen entre los acreedores y accionistas.
  • Amortización de acciones preferentes, si corresponde.
  • Salida a bolsa (IPO): Si la inversión se realizó antes de la emisión pública inicial, la venta de acciones en el mercado puede generar liquidez. 

El Certificado de Capital Invertido: una gestión esencial ante SUNAT  

Cuando el titular de las acciones es un inversionista no domiciliado en Perú, es obligatorio gestionar el Certificado de Capital Invertido ante la SUNAT antes o durante la venta de las acciones.

Este certificado permite acreditar el valor originalmente invertido, lo cual resulta indispensable para deducir dicho monto del cálculo del impuesto a pagar por la ganancia de capital obtenida en la operación. De lo contrario, el riesgo es que la SUNAT considere el total del precio de venta como renta gravable. 

¿Cómo se solicita el certificado?  

El procedimiento incluye los siguientes pasos principales: 

  1. Presentación de la solicitud: El inversionista o su representante legal debe presentar una carta con información detallada sobre la operación, la empresa emisora y el monto a certificar.
  2. Entrega de documentación sustentatoria: Se requiere adjuntar contratos, certificados de acciones, estados financieros, libros societarios, poderes notariales, entre otros.
  3. Legalización y traducción: Los documentos emitidos en el extranjero deben estar debidamente apostillados y, si están en otro idioma, traducidos oficialmente al español por traductores autorizados.
  4. Plazo de respuesta: SUNAT cuenta con 30 días hábiles para emitir la certificación. Si no emite pronunciamiento en ese plazo, la certificación se entiende otorgada automáticamente, conforme a lo establecido en el reglamento tributario (artículo 57 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta)

Importancia del trámite 

Este certificado es un requisito clave para cualquier operación de venta de acciones por parte de un no domiciliado. Además de su impacto tributario, su presentación es generalmente exigida por los notarios y entidades financieras para formalizar la transacción.

No contar con el certificado puede generar un pago excesivo de impuestos y retrasos en el cierre de la operación. 


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