Se dará el día de hoy luz verde a la delegación de facultades solicitadas por el Ejecutivo en materia tributaria para empresas y personas con algunas modificaciones. Entre los cambios se amplió la posibilidad de deducción de gastos sustentados con comprobantes de pago para el cálculo del Impuesto a la Renta en el caso de las personas naturales a los gastos incurridos por agua, luz, educación y telefonía hasta un monto de 10 UIT (S/. 39.500). También se consideraría la disminución de un punto porcentual del IGV del 18% al 17% a partir del 1 de enero del 2017 y elevar el IR de 28% al 30% con la reducción del pago del impuesto por dividendos del 6.8% al 4.1%.

En el caso de las MYPES, se rechazó parcialmente la propuesta para un nuevo régimen tributario en el caso específico de las pequeñas y medianas empresas relacionado con su nivel de ventas o utilidades. El ejecutivo planteaba una declaración y pago trimestral para las empresas con ingresos menores a S/. 1.1 millones, detallando que para las MYPES se aplicarían un impuesto de 1% a los ingresos (IGV e IR) cuando las ventas sean menores a S/. 197,000.

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