Se ha intensificado el uso de herramientas digitales al servicio de los contribuyentes. La SUNAT acorde con su plan institucional ha venido instaurando procesos de tecnologías avanzadas y un enfoque basado en riesgos a fin de ser una administración moderna. Es por ello que implemento la emisión de comprobantes de pago, llevado de libros, y registros electrónicos de manera electrónica. Esto facilita contar con información oportuna para efectuar un diagnóstico de las principales transacciones de los contribuyentes y así poder ejecutar la Fiscalización Parcial Electrónica sin la necesidad de que el fiscalizador vaya a el domicilio fiscal del sujeto a fiscalizar. Este proceso se realizara cuando se compruebe que los elementos de la obligación tributaria no ha sido correctamente declarado seguidamente notificaran al sujeto fiscalizado por medio de su buzón electrónico, con la carta en la que comunican el inicio del procedimiento y liquidación preliminar que contiene los reparos. La cual debe contestarse con forma rápida y precisa con los medios probatorios en 10 días hábiles a fin de desvirtuar las observaciones. La SUNAT responderá en veinte días hábiles siguientes a la fecha de vencimiento de sustentación de las observaciones y con la resolución de la multa concluye el procedimiento. Esta nueva tendencia ampliara la base de los sujetos fiscalizados ofreciendo un mayor control en sus transacciones electrónicas, en lineamiento con la reforma tributaria de este nuevo Gobierno. La SUNAT debería establecer dentro de sus planes, acciones preventivas que ayuden a minimizar el riesgo a que los contribuyentes tengan conocimiento de sus notificaciones a fin de que salvaguarden su derecho de defensa.