En el anterior informativo se aludió al proceso de cobranza ordinaria de multas en la SUNAFIL; en esta ocasión, nos remitiremos a conocer cómo fraccionar las deudas en la SUNAFIL.

En esa línea, se regula conforme lo siguiente:

1. Solicitud

¿Quiénes pueden solicitar el fraccionamiento?

  • Los obligados cuyo importe a cobrar es igual o mayor al 30% de la UIT vigente a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Los obligados que han sido notificados con resolución de sanción de multa como consecuencia del procedimiento administrativo sancionador.
  • Los obligados que se encuentren dentro del plazo para iniciar una Demanda contenciosa administrativa (DCA), siempre que en la solicitud se comprometan expresamente a no iniciar dicho proceso.
  • Los obligados que han sido notificados con un requerimiento de pago.
  • Los obligados cuya ejecución de la sanción de multa se encuentre en cobranza coactiva.
  • Los obligados que cuenten con la aprobación del desistimiento de del proceso de DCA, acciones de amparo, revisiones judiciales u otros procesos seguidos ante los órganos jurisdiccionales y otros procedimientos administrativos.

2. Procedimiento

  • El obligado notificado con un requerimiento de pago
    y/o con voluntad de pago, solicita vía correo electrónico indicado por el especialista de cobranza ordinaria o quien haga sus veces acogerse al pago con fraccionamiento.
  • La actualización de la deuda con el cronograma de pago propuesto será remitida dentro de los 02 días hábiles siguientes a la fecha que el analista legal de fraccionamiento o el que haga sus veces tome conocimiento; al correo electrónico del obligado.
  • Una vez aceptado por el obligado, el analista legal de fraccionamiento o el que haga sus veces remite vía correo electrónico la liquidación de la deuda con el código de pago de la primera cuota, formatos y requisitos a presentar por parte del obligado.
  • El obligado deberá presentar su solicitud con los requisitos y formatos por mesa de partes presencial y/o virtual de la SUNAFIL al día siguiente hábil de haber pagado la primera cuota del cronograma de pagos.
  • Recibida la solicitud de pago con fraccionamiento, el responsable de la gestión de multas la deriva al analista legal de fraccionamiento o el que haga sus veces, para verificar el cumplimiento de las formalidades.
  • Si realizada la verificación, el analista legal de fraccionamiento o el que haga sus veces, determina que el obligado cumple con lo dispuesto en la presente Directiva General comunica al especialista administrativo de cobranza el pago de la primera cuota otorgado para su verificación y registro en al Aplicativo de Gestión de Cobranzas (AGC) seguidamente procede a emitir la resolución que aprueba el fraccionamiento a través del AGC dentro de los cuatro 04 hábiles de recibida la solicitud por el analista legal de fraccionamiento.
  • El analista legal de fraccionamiento o quien haga sus veces, deberá efectuar el seguimiento y gestión de cobranza a los fraccionamientos aprobados de manera periódica a través de correos electrónicos, llamadas telefónicas u otros medios de gestión de cobranza.

3. Determinación de las cuotas e importe del fraccionamiento

El pago con fraccionamiento puede efectuarse:

  • Hasta en 24 cuotas mensuales, si la deuda fraccionable actualizada es menor o igual a 10 UIT; o,
  • Hasta en 36 cuotas mensuales si la deuda fraccionable actualizada es mayor a 10 UIT.

Importante tener en cuenta:

  • En ningún caso el valor de cada cuota mensual del fraccionamiento será inferior al 5% de la UIT vigente a la fecha en que se presenta la solicitud.
  • La tasa aplicable para el cálculo del interés contenido en el cronograma de pagos; será el 80% de la TIM vigente a la fecha de aprobación de la solicitud de fraccionamiento.
  • La cuota pagada fuera del plazo establecido en el cronograma de pago genera por cada día de atraso, un interés del 100% de la TIM diaria.

4. Causales para la pérdida del fraccionamiento

  • El incumplimiento del pago de 02 cuotas sucesivas o alternadas, indistintamente del año fiscal.
  • No pago de la última cuota, dentro de los 30 días calendario siguiente a la fecha de su vencimiento.

5. Comunicación del pago con fraccionamiento

El especialista administrativo de cobranza o el que haga sus veces, el primer día hábil del mes siguiente, elabora la relación de Expedientes de ejecución de multas con pago con fraccionamiento aprobado en el mes anterior.

El especialista administrativo de cobranza o el que haga sus veces deriva los reportes de pago por fraccionamiento al responsable de la gestión de multas, conjuntamente con el documento de derivación, para su firma, numeración y remisión a la OGA dentro de los primeros 05 días hábiles del mes siguiente, para su registro correspondiente en los estados financieros.