El último convenio salarial del servicio domestico firmado en abril pasado introduce nuevos beneficios para el sector que comprende todos aquellos trabajadores que desarrollan tareas como dependiente en los hogares.

Como en todo convenio salarial, participaron en la negociación tres partes, por un lado una delegación del Poder Ejecutivo, o sea del gobierno; por otro lado una delegación de los empleadores y por ultimo una delegación de los trabajadores. Al sector de los empleadores los representa la Liga de Amas de Casa (LACCU) y los trabajadores son representados por integrantes del Sindicato Único de Trabajadores Domésticos (SUTD).

¿Cuáles fueron los aumentos salariales que se acordaron y hasta cuándo rige este nuevo convenio?

Es importante recordar que el nuevo convenio rige desde el 1/1/2016 hasta el 31/12/2018 y ya se acordaron todos los aumentos semestrales de estos tres años.

Para el primer periodo o sea el que comienza el 1 de enero pasado y hasta el 30 de junio, se estableció un aumento del salario mínimo de 10,56 %, el cual incluye tres conceptos de ajuste. Por un lado corrige el efecto de la inflación del ano pasado, o sea 2015 que fue un 4,23%. Esto es la diferencia entre lo estimado y la inflación real. Otro concepto es el ajuste nominal que definió el Poder Ejecutivo en sus lineamientos que fue de un 4,25% y por último un 1,75% de incremento adicional para los salarios sumergidos.

De acuerdo a esto el salario mínimo quedo establecido en $ 13.206,78 nominal, o sea a este deben restarse los aportes personales del trabajador; o su equivalente de $ 69,48 por hora para los trabajadores que no son mensuales y trabajan por hora. Sin embargo se establecieron escalas de aumento de acuerdo al sueldo que actualmente este cobrando el trabajador.

Para el segundo semestre del año, el aumento se fijo en un 6,07% quedando el salario mínimo nominal en $ 14.008,40 y su equivalente valor hora de $ 73,70.

¿Para calcular el ajuste de un trabajador domestico que porcentaje debo tener en cuenta?

Va a depender del sueldo que tenga el trabajador antes del ajuste, o sea en diciembre de 2015, y se establecieron tres franjas de sueldo nominal:

- si el sueldo es menor a $ 14.633 mensual, el aumento es de 10,56%

- si el sueldo es mayor a $ 14.633 pero menor a $ 16.926 mensual, el ajuste será de 10,02% y;

- si el sueldo es mayor a $ 16.926 mensual el aumento es de 8,66%.

Es importante comentar que dado que el convenio demoro varios meses en firmarse, los aumentos de los meses de enero, febrero y marzo que ya no se abonaron, se debieron pagar con el sueldo de abril, o pudo acordarse con el trabajador otra forma de pago.

El convenio ya establece los aumentos de los próximos tres años, como toma en cuenta la inflación futura?

Porque si bien el convenio estipula los aumentos semestrales de la misma forma en franjas, establece dos correctivos de inflación, uno el 1/7/2017 y otro al final del convenio, el 31/12/2018. De esta forma se comparara la inflación real acumulada y los aumentos salariales otorgados; y la diferencia se sumara al aumento de las fechas mencionadas. De esta forma el trabajador no perderá poder adquisitivo y mantendrá el sueldo real.

¿Cuáles son los nuevos beneficios que establece el convenio?

Como novedad el convenio establece un salario vacacional adicional al vigente. Hoy cuando el trabajador goza de la licencia cobra un salario vacacional que se calcula según el sueldo liquido diario del empleado por los días de licencia. De acuerdo al convenio a ese cálculo deberá adicionarse un 15% mas como salario vacacional extra. Esto se aplica la licencia generada en el presente año.

El convenio también establece el descanso complementario para el caso que la trabajadora se encuentre amamantando. Este rige para todas las trabajadoras en general y consiste en dos periodos de media hora dentro de la jornada que se consideran como trabajados y deben pagarse. En general se juntan y la persona ingresa o se retira una hora mas tarde.

Si bien no es nuevo, es importante recordar que los trabajadores reciben una prima por antigüedad que van hasta un 4,5% del sueldo dependiendo de la fecha de ingreso del empleado.

Por último, ¿Cuál es el objetivo y cómo funciona el Fondo Social que se crea para el sector?

A través del convenio se acuerda crear un fondo voluntario con el objetivo de fomentar el desarrollo de la Liga de Amas de Casa y del Sindicato de Trabajadores Domésticos.

El fondo recibirá un aporte mensual tanto de los empleadores como de los trabajadores del sector, por un total de 0,06%, correspondiendo 0,03% a cada parte.

El empleador que no desee participar del aporte deberá comunicarlo al BPS, lo mismo el trabajador que no lo desee deberá comunicarlo al empleador. Esto comienza a funcionar a partir del 1/7/2016, pero estamos a la espera de la reglamentación al respecto para conocer cómo realizar la comunicación.

Por Ana Inés Montaldo

Socio Director de RSM