por Gabriela Duarte del área de Auditoria de RSM PY.
Con fecha 13 de marzo se publicó la Resolución General Nº 128, mediante la cual se prorroga, el plazo para la presentación de los Estados Financieros (EEFF) correspondientes al ejercicio fiscal cerrado al 31 de diciembre de 2022.
Dicha normativa dispone excepcionalmente, en el artículo 2º, la prórroga del plazo para la presentación de los Estados Financieros de los contribuyentes del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE), que liquidan dicho Impuesto por el Régimen General y con cierre del ejercicio fiscal al 31/12/2022, para junio de 2023.
Los referidos informes deberán presentarse conforme al Calendario de Vencimientos de Declaraciones Juradas Informativas (DJI) previsto en el artículo 6° de la Resolución General N° 38/2020.
Los plazos para la presentación de los EEFF para aquellos contribuyentes del IRE con fecha de cierre en los meses abril y junio de 2023 se mantendrán invariables.
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