La Corte Suprema, mediante la Casación Laboral N.º 6977-2023-Lima, se pronunció sobre la validez del despido por impuntualidad reiterada, precisando los presupuestos que deben concurrir para que dicha conducta sea calificada como falta grave, conforme al artículo 25, literal h), del TUO de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral (D.S. N.º 003-97-TR).
🧾 Antecedentes
El caso se origina a partir de la demanda interpuesta por un trabajador que cuestionó su despido, alegando que las tardanzas imputadas no eran suficientes para justificar la extinción del vínculo laboral y que la medida resultaba desproporcionada. Asimismo, sostuvo que no se había respetado el principio de razonabilidad en la imposición de la sanción máxima.
Por su parte, el empleador sustentó el despido en la reiteración de conductas de impuntualidad, debidamente registradas y sancionadas con anterioridad, señalando que el trabajador persistió en el incumplimiento pese a las medidas disciplinarias previas.
⚖️ Criterio Jurisprudencial
La Corte Suprema reafirma que la impuntualidad reiterada constituye una infracción grave a una obligación esencial del contrato de trabajo, en tanto afecta la disciplina y organización del centro laboral. No obstante, precisa que su configuración como causal válida de despido no es automática, sino que exige:
- La acreditación objetiva de la reiteración de las tardanzas.
- La existencia de sanciones disciplinarias previas por la misma conducta, aplicadas de manera progresiva.
- El respeto de los principios de razonabilidad, proporcionalidad y debido procedimiento.
Asimismo, el Tribunal enfatiza que la sanción de despido solo resulta legítima cuando se verifica que el trabajador persistió en la conducta infractora pese a haber sido advertido, descartando decisiones arbitrarias o aisladas.
🏢 Implicancias en el ámbito privado
- Los empleadores deberán documentar adecuadamente las tardanzas y aplicar un régimen disciplinario progresivo, antes de optar por el despido.
- La impuntualidad reiterada puede justificar la extinción del vínculo laboral, siempre que se respete el debido procedimiento disciplinario.
- El fallo refuerza la importancia de contar con reglamentos internos claros y registros de asistencia confiables, como elementos probatorios ante eventuales controversias judiciales.
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