En el marco de la normativa en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), es importante destacar que la Ley N.° 29783 y su Reglamento, las cuales establecen un sistema obligatorio de prevención de riesgos laborales, cuyo eje central es el deber de prevención del empleador.

Desde una perspectiva jurídica, las principales obligaciones comprenden:

1️⃣ Implementación del Sistema de Gestión de SST (SG-SST)

El empleador debe diseñar, implementar y mantener un sistema integral que incorpore instrumentos obligatorios como la matriz IPERC, el mapa de riesgos, el Reglamento Interno de SST (RISST) y el programa anual de SST.

2️⃣ Prevención de riesgos laborales

Implica identificar peligros, evaluar riesgos y adoptar medidas de control bajo una jerarquía preventiva, priorizando la eliminación del riesgo en su origen.

3️⃣ Auditorías del Sistema de SST

La normativa exige la realización de auditorías periódicas al SG-SST, a fin de verificar su eficacia y cumplimiento. Estas auditorías constituyen un mecanismo de control obligatorio y pueden ser requeridas en procedimientos de fiscalización, siendo su omisión una fuente de contingencia legal.

4️⃣ Vigilancia de la salud: exámenes médicos ocupacionales

El empleador está obligado a garantizar la vigilancia de la salud mediante exámenes médicos ocupacionales (de ingreso, periódicos y de retiro), en función de los riesgos del puesto. Su incumplimiento puede configurar infracciones graves.

5️⃣ Capacitación e información al trabajador

Debe garantizarse una capacitación continua, suficiente y adecuada sobre riesgos laborales y medidas de prevención, siendo esta una obligación plenamente fiscalizable.

6️⃣ Participación de los trabajadores

La conformación del Comité de SST (20 o más trabajadores) o la designación de un Supervisor de SST es obligatoria, asegurando mecanismos de consulta, vigilancia y participación activa.

7️⃣ Responsabilidad del empleador

La responsabilidad en SST es directa y no puede ser trasladada íntegramente a terceros. El empleador debe asegurar recursos, supervisión y cumplimiento efectivo de la normativa.

 

El incumplimiento de estas obligaciones puede generar sanciones administrativas por parte de SUNAFIL, así como responsabilidades civiles e incluso penales, particularmente en casos de accidentes de trabajo o enfermedades ocupacionales.


⚖️ La Ley N.° 29783 se sustenta en principios como la protección del trabajador, la primacía de la realidad y la gestión integral, consolidando un enfoque preventivo donde la SST constituye un mandato legal exigible.

 


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