VISIÓN GENERAL

No existen regulaciones que limiten el porcentaje de propiedad de inversionistas extranjeros en una empresa, independientemente de la industria o servicio. La tasa de inversión no está limitada, excepto para ciertas empresas, como buques de transporte con bandera chilena y armadores de barcos pesqueros. Los inversionistas interesados ​​en Chile pueden ser propietarios de todas las acciones de la empresa al invertir en empresas chilenas.

Ley y régimen de inversiones.

Al invertir en Chile desde el extranjero, deben cumplir con las siguientes reglas: a), b) o c):

a) La antigua Ley de Inversión Extranjera (DL 600) (*)

Este DL 600 protege los derechos de los inversionistas en Chile. Los derechos y obligaciones del capital extranjero invertido, conforme a la ley, están protegidos por los contratos de inversión extranjera entre los inversionistas y el Gobierno chileno. No se distingue entre inversiones nacionales e internacionales según el DL 600.

b) Ley de Inversión Extranjera Directa (Ley 20848)

De conformidad con la reforma tributaria de 2014, la antigua Ley de Inversión Extranjera (DL 600) y el Comité de Inversión Extranjera se derogaron el 1 de enero de 2016. La Ordenanza DFL 1 del Ministerio de Economía, con efectos legales, se publicó en el Diario Oficial el 21 de enero de 2016. La Ley 20848, relativa al nuevo Marco de Inversión Extranjera Directa y la Creación de una Nueva Organización, entró en vigor en la misma fecha, e InvestChile inició sus actividades. Los inversores extranjeros están protegidos por los siguientes derechos conforme a esta ley:

Derecho a remitir su capital al exterior según la normativa del Banco Central de Chile.

Derecho a remitir sus utilidades al exterior tras cumplir con sus obligaciones tributarias en Chile, según la normativa del Banco Central de Chile.

Derecho de acceso al mercado cambiario oficial para el intercambio de divisas.

Trato imparcial entre inversionistas extranjeros y nacionales.

Exención del IVA para bienes de capital importados si los inversionistas cumplen con procedimientos específicos basados ​​en ciertos requisitos.

De acuerdo con la antigua Ley de Inversión Extranjera (DL 600) y la Ley de Inversión Extranjera Directa (Ley 20.848), el monto mínimo de inversión es de USD 5 millones para una entidad chilena (si se trata de proyectos tecnológicos o de importación de activos, el monto mínimo de inversión es de USD 2,5 millones). Si utiliza préstamos para invertir, la proporción del monto del préstamo con respecto a la inversión total debe ser inferior al 75 %.

c) Capítulo 14. Normas para préstamos, créditos y aumentos de capital otorgados desde el exterior.

Si aplica el Capítulo 14, “Reglas para préstamos, créditos y aumentos de capital otorgados desde el exterior”, la inversión difiere según la Ley 600 y la Ley 20848; no será necesario formalizar la introducción de capital extranjero. Según esta norma, el monto de inversión es de 10 mil dólares. Sin embargo, los inversionistas deben informar las transacciones realizadas al Banco Central de Chile.

Es posible obtener préstamos en moneda extranjera tanto en el extranjero como en Chile. Los prestamistas y prestatarios pueden decidir libremente los plazos de reembolso del capital e intereses de los préstamos, así como las tasas de interés.

El reembolso del capital no está sujeto a impuestos. Los intereses normalmente están sujetos a una retención del 35%.

De acuerdo con esta norma, el dinero invertido en capital o en Chile desde el extranjero debe cambiarse en el mercado cambiario oficial.

(*)La anterior Ley de Inversión Extranjera (DL 600) fue derogada el 1 de enero de 2016 y la Ley de Inversión Extranjera Directa (Ley 20848) entró en vigencia el 21 de enero de 2016.