En una nueva y clarificadora sentencia, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo vuelve a pronunciarse sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas, reafirmando las garantías que deben fundamentar aquella, señalando que esta responsabilidad debe fundamentarse exclusivamente en hechos propios de la entidad y no en la culpabilidad ajena.
Este veredicto, contenido en la Sentencia número 372/2025 de 11 de abril, marca un nuevo hito en la jurisprudencia al establecer criterios claros y precisos sobre la culpabilidad y las garantías procesales que deben regir los juicios en los que están implicadas personas jurídicas.
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