Comunicación N° 2018/279 del 21 de diciembre de 2018

Los sujetos regulados deben informar la existencia, las aperturas, cancelaciones y modificaciones en los servicios de arrendamiento de cofres de seguridad, así como los datos identificatorios de las personas vinculadas a dichos contratos especificando además el vínculo de la persona con el producto ( titular, autorizado, beneficiario final u otro).

En una primera instancia deberán reportar los contratos de arrendamiento vigentes al 31 de mayo de 2109, luego están obligados a reportar hasta las 16 horas del quinto día hábil siguiente a la fecha en la cual se produjo algunos de los movimientos previamente mencionados.

Comunicación N° 2018/273 del 21 de diciembre de 2018

Se establece que los estados financieros, notas y anexos que presenten dichas instituciones deberán contar con un informe de compilación y las informaciones de base contable deberán acompañarse de una certificación fundamentada por un profesional que posea título de Contador Público. En dicha comunicación se establece una lista de la información que se debe certificar.

Comunicación N° 2018/272 del 21 de diciembre de 2018

Se detalla una lista de informaciones relevantes que deben ser comunicadas al BCU.

Comunicación N° 2018/236 del 23 de noviembre de 2018

Dicha comunicación establece criterios y normas contables a seguir por los sujetos regulados para la elaboración de los estados financieros con vigencia a partir del 1 de enero de 2019.

Otras noticias vinculadas

Lea UIAF solicita información y emite guía con señales de alerta

Lea Principales cambios en la normativa BCU para intermediarios de valor