El decreto 99/019  extiende el plazo del beneficio otorgado por el Decreto 140/018 a los pequeños productores de ganado bovino y ovino, que les permitía la devolución del IVA incluido en las adquisiciones de gasoil destinado al desarrollo de su actividad.

El beneficio será aplicable a las adquisiciones realizadas por el plazo de un año contado desde el 1º de marzo del 2019.

Podrán acceder al beneficio aquellos productores que no tributen IRAE. El MGAP determinará, en coordinación con la DGI, el universo de productores que podrán ampararse a este beneficio.

El límite máximo del beneficio no podrá superar el 0,4% de los ingresos originados en la venta de ganado bovino y ovino, correspondientes al último ejercicio fiscal cerrado antes del 1º de julio de 2018.

Para aquellos contribuyentes de los que no se disponga información, el monto ficto de ingresos anuales sobre el que se calculará el tope anterior se fijó en $ 250.000.