por Agustina Silva del departamento de consultoria & RAS de RSM UY.

Promoción de inversión a la actividad con ágatas y amatistas trabajadas

El pasado 20 de octubre de 2022 se publicó el Decreto N° 341/022, a través del cual se declaró promovida la actividad de producción de ágatas y amatistas trabajadas y de artículos elaborados a partir de las mismas.

Para tener derecho a los beneficios, las empresas que desarrollen la actividad mencionada deberán ingresar un proyecto de inversión ante la COMAP, que incluirá la presentación de una serie de documentación, incluido un informe por parte del Ministerio de Industria, Energía y Minería, que establecerá si la actividad desarrollada por el solicitante da cumplimiento efectivamente a lo expresado en el Decreto.

Beneficios

Aquellas empresas que sean promovidas al amparo de la nueva reglamentación contarán con una exoneración del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE), por hasta un monto equivalente al:

  1. El 80% del IRAE en los ejercicios iniciados entre el 01//01/2022 y el 31/12/2024.
  2. El 60% del IRAE en los ejercicios iniciados entre el 01/01/2025 y el 31/12//2027.
  3. El 50% del IRAE en los ejercicios iniciados entre el 01/01/2028 y el 31/12/2029.

La misma operará solo si los ingresos originados de la actividad promovida, superan el 60% de los ingresos totales.

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