Proyecto de Ley SN 490 – Reducción alícuota de Contribución Inmobiliaria Rural.

El Poder Ejecutivo busca en esta oportunidad atender las dificultades coyunturales que atraviesan ciertos sectores de la actividad agropecuaria nacional.

Se propone así reducir en un 18% la alícuota de la Contribución Inmobiliaria Rural a los propietarios, poseedores, promitentes compradores (con o sin promesa inscripta) y usufructuarios de padrones rurales que exploten con fines agropecuarios por sí o por terceros, que en su conjunto no excedan de 1.000 hectáreas índice CONEAT 100.

Tal beneficio aplicará a los siguientes departamentos comprendidos en la emergencia agropecuaria: Colonia, San José, Florida, Canelones, Maldonado, Lavalleja, Montevideo, Rocha y Treinta y Tres.

Para tener derecho a la reducción, los beneficiarios deberán presentar en las Intendencias correspondientes, dentro de los ciento veinte días a partir de la promulgación de la presente Ley, una Declaración Jurada con:

a) detalle del total de los padrones que al 1º de enero anterior explotaban a cualquier título,

b) valor real de cada padrón

Cuando los pagos del impuesto ya realizados excedan el monto del importe anual del mismo, por dicho exceso el contribuyente tendrá un crédito que podrá aplicar al pago del impuesto correspondiente al siguiente ejercicio.