COVID-19: medidas fiscales y económicas adoptadas en Argentina

COVID-19

El Poder Ejecutivo Nacional mediante el Decreto Nº 235 del 8/4/21 y su modificatorio Nº 241 del 15/4/21, estableció diferentes medidas de prevención, así como disposiciones locales y focalizadas de contención, a cumplirse exclusivamente en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), a fin de mitigar a propagación del virus Covid-19 y su impacto sanitario, hasta el 30 de abril de 2021, inclusive.

Principales novedades impositivas, laborales y procedimentales:

- Se extiende hasta el 3/5/21 la suspensión de las exclusiones de pleno derecho de los monotributistas, así como las bajas por falta de pago.

- Se mantiene la exención en el Impuesto a las Ganancias hasta el 30/9/21 para las remuneraciones devengadas en concepto de: i) guardias obligatorias (activas o pasivas), ii) horas extras, y iii) todo otro concepto que se liquide en forma específica y adicional en virtud de la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19.

- Se prorroga hasta el 31/5/21 de la suspensión de iniciación de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para las micro pequeñas y medianas empresas, y los sujetos que desarrollen actividades económicas afectadas en forma crítica.

- Se prorroga hasta el 31/5/21 la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor (Decreto 266/21, B.O. 22/4/21).

- Se implementa un subsidio extraordinario de $ 15.000 que se abonará, por única vez, para los monotributistas de las categorías “A” y “B” y los titulares de las asignaciones familiares, beneficiarios de la asignación universal por hijo y por embarazo para protección social.

- Se crea el “Programa de Asistencia de Emergencia al Sector Gastronómico Independiente”, que habilita el pago de una suma de hasta $ 18.000 a los trabajadores independientes del sector gastronómico.

- Se detalla cuáles con los sectores y actividades caracterizados como críticos y no críticos alcanzados por el beneficio dispuesto en el marco del “Programa REPRO II”.

- Se prorroga hasta el 31/12/21 la reducción del 95% de las contribuciones patronales y de las alícuotas del Impuesto sobre los Créditos y Débitos para los empleadores pertenecientes a los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud.

- La AFIP prorroga hasta el 31/7/21 la utilización obligatoria del servicio denominado “Presentaciones Digitales”.

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