TAX ALERT: Impuesto a las Ganancias – RG AFIP 4003-E 

Ingresos del trabajo personal. Vencimiento para informar deducciones computables. Período 2023.

Recordamos que conforme lo establece la RG (AFIP) 4003-E, los sujetos que hayan percibido en el transcurso del año 2023, ingresos en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones, deben informar hasta el 31/03/2024, inclusive, el detalle de las deducciones que resulten computables en la liquidación anual del impuesto a las ganancias del período 2023.

A tal efecto, con las particularidades y limitaciones establecidas para cada caso, las principales deducciones computables comprenden los siguientes conceptos:

           Cargas de Familia (cónyuge, unión convivencial, hijos/hijastros hasta 18 años)

           Cuotas Médico-Asistenciales

           Primas de Seguro para el caso de muerte/riesgo de muerte

           Primas de Ahorro correspondientes a Seguros Mixtos

           Aportes correspondientes a Planes de Seguro de Retiro Privados

           Donaciones

           Intereses de préstamos hipotecarios

           Gastos de sepelio

           Gastos médicos y paramédicos

           Gastos de Adquisición de Indumentaria y Equipamiento para uso exclusivo en el lugar de trabajo

           Alquiler de inmuebles destinados a casa habitación

           Deducción del personal doméstico

           Aporte a sociedades de garantía recíproca

           Vehículos de corredores y viajantes de comercio

           Intereses de corredores y viajantes de comercio

           Gastos de Educación

Asimismo, resultan computables como pago a cuenta del gravamen, las percepciones establecidas por las RG 3819/2015 (cancelaciones en efectivo) y RG 4815/2020 (compra de moneda extranjera, pagos con tarjetas de crédito y pasajes al exterior).

Dicha información debe suministrarse mediante transferencia electrónica de datos del formulario de declaración jurada F. 572 Web, ingresando con clave fiscal al sitio web oficial de la AFIP (www.afip.gob.ar), a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de 

Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR”.

Daniel Franco
Director de Impuestos
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