Mediante la resolución general 5798 (B.O. 16/12/2025), la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introdujo ciertas modificaciones a los regímenes de Precios de Transferencia y de Operaciones Internacionales establecidos en las RG (AFIP) 4717/2020 y 5010/2021.
La medida principal obedece a la necesidad de actualizar los umbrales monetarios a partir de los cuales los contribuyentes deben cumplir con las exigencias de información, dando cumplimiento a lo dispuesto por el decreto 767/2025 (B.O. 28/10/2025), que facultó a ARCA a incrementar los montos anuales, en atención a la evolución de los precios de las operaciones involucradas.
Las adecuaciones introducidas se enmarcan en el proceso de revisión integral del régimen de Precios de Transferencia actualmente en curso, llevado a cabo mediante el mecanismo de Elaboración Participativa de Normas, cuya aplicación se prevé para los períodos fiscales que cerrarán a partir del 31/12/2025.
Aspectos relevantes de la nueva RG 5798/2025
Actualización de umbrales de materialidad
Se actualizan los umbrales de cumplimiento establecidos en las RG 4717/20 (Régimen General) y 5010/22 (Régimen Simplificado) de las siguientes obligaciones, conforme lo dispuesto en el decreto 767/2025:

Modificaciones en la presentación del Informe Maestro- F2673
Vía de presentación:
A partir del día del 16/12/2025 se modifica la vía de presentación del Informe Maestro, el cual deberá ser presentado por medio del servicio “Presentación de DDJJ y Pagos” del sitio “web” institucional (http://www.arca.gob.ar), en forma adjunta al formulario de declaración jurada F. 2673.
Informantes
Cuando exista más de una entidad integrante residente en el país de un Grupo de Entidades Multinacionales (GEM) se podrá elegir una única entidad informante para presentar el “Informe Maestro” para ese GEM. Las demás entidades locales deberán presentar el formulario de DJ F. 2673 declarándose como sujetos informados, detallando sus datos identificatorios y los del sujeto informante del GEM al que pertenece.
En caso de no elegir un único informante, cada una de las entidades integrantes del GEM deberá presentar el “Informe Maestro” declarándose como entidad informante.
En caso de que una entidad residente en el país pertenezca a más de un GEM que se encuentren alcanzadas por el Informe Maestro, deberá presentar un formulario de DJ F. 2673 como sujeto informado o, en su caso, como sujeto informante, por cada GEM.
Denominación del Formulario 4501:
Se actualiza la denominación requerida para presentar el F4501 en ARCA:
- Antes: ““afip.f4501****.pdf”,
- Ahora: ““arca.f4501****.pdf”,
Donde los asteriscos podrán ser reemplazados para ingresar información adicional e identificar y/o personalizar el archivo.
Vigencia
Las disposiciones de esta resolución serán aplicables para los períodos fiscales cerrados a partir del 31 de octubre de 2025, inclusive.
El formulario de DJ F. 2673 deberá utilizarse para todas las presentaciones -originales o rectificativas- de Informes Maestros o Notas de Ratificación a partir del 16/12/2025.