Cómo la estrategia, la tecnología y la consultoría están transformando una de las herramientas más potentes para preservar empresas y crear valor. La transmisión de unidades productivas es, y seguirá siendo, un proceso jurídico. Nadie que trabaje en este campo lo pondría en duda. Lo que el mercado lleva años aprendiendo es que el derecho concursal define el tablero de juego, pero no decide el resultado.

Una transmisión de unidad productiva no solo resuelve cómo se liquidan unos activos. Decide qué negocio sobrevive, qué empleo se preserva y qué valor recuperan los acreedores. La diferencia entre una operación que destruye valor y otra que lo maximiza rara vez la marca únicamente el Texto Refundido de la Ley Concursal. La marca, sobre todo, la calidad del análisis estratégico previo. Y ahí es donde la consultoría de negocio tiene algo que aportar de verdad.

 

Cuando la ley deja de preguntar quién paga más

 

La legislación concursal española ha evolucionado hacia un modelo deliberadamente flexible. El TRLC permite subastas electrónicas, enajenaciones directas, ofertas vinculantes adjuntas a la propia solicitud de concurso ex artículo 224 bis y condiciona la aprobación judicial no solo al precio, sino también al mantenimiento del empleo, la continuidad empresarial y el interés general del procedimiento.

Es decir, el legislador ha dejado de preguntar únicamente quién paga más para empezar a preguntar qué alternativa genera más valor económico para el conjunto del procedimiento.

Sin embargo, en la práctica seguimos encontrando procesos diseñados casi exclusivamente desde una óptica procesal. Y ahí aparece una oportunidad enorme para aportar valor, porque una unidad productiva no se hereda. Se construye.

 

El verdadero activo no es la empresa. Es el perímetro.

Uno de los mayores errores consiste en asumir que la unidad productiva es un concepto previamente definido. No lo es.  El artículo 200 del TRLC la define como “el conjunto de medios organizados para el ejercicio de una actividad económica esencial o accesoria”, pero la configuración concreta nunca viene dada. El oferente la propone, la administración concursal evalúa si se ajusta al interés del procedimiento y el juez autoriza o deniega la transmisión.

Esa delimitación es probablemente la decisión con mayor impacto económico de toda la operación. Qué contratos se incluyen y cuáles quedan fuera. Qué licencias y autorizaciones administrativas son subrogables conforme al artículo 222 del TRLC. Qué activos resultan imprescindibles para la continuidad. Qué trabajadores se subrogan y cuál es el coste real de las contingencias laborales. Qué pasivos asume el adquirente y cuáles permanecen en el concurso.

Cada una de estas decisiones modifica radicalmente el atractivo de la operación para el mercado. Por eso la pregunta correcta no es qué vamos a vender, sino cómo estructuramos la operación para maximizar el valor que el mercado está dispuesto a pagar. Ese planteamiento exige combinar visión jurídica, financiera, operativa y estratégica.

 

El precio es una variable. El valor económico es el resultado.

En demasiadas ocasiones la comparación entre ofertas se reduce a una tabla de precios. Sin embargo, el propio sistema concursal reconoce que el mayor precio nominal no siempre representa la mejor oferta.

Una operación puede generar más valor cuando evita nuevos créditos contra la masa, cuando la subrogación de trabajadores elimina contingencias que de otro modo pesarían sobre la masa activa, cuando preserva contratos estratégicos con clientes o cuando garantiza la continuidad de capacidades industriales o tecnológicas difíciles de reconstruir.

En otras palabras, el precio ofertado es una variable. El valor económico para el conjunto del procedimiento es el resultado. Y calcularlo requiere análisis de activos y pasivos asumidos, modelización de contingencias, evaluación de la viabilidad futura del negocio y cuantificación del coste de las alternativas. Son capacidades propias de la consultoría estratégica.

 

El tiempo también destruye valor

Existe una variable que pocas veces aparece cuantificada y, sin embargo, condiciona toda la operación. Cada semana que una empresa permanece sin transmitirse puede implicar nuevos créditos contra la masa, deterioro de activos, pérdida de clientes y depreciación del fondo de comercio. Una oferta aparentemente inferior puede convertirse en la alternativa económicamente óptima si reduce significativamente el plazo de ejecución.

La pregunta deja de ser quién ofrece más para convertirse en qué alternativa preserva más valor cuando incorporamos el coste del tiempo. Ese enfoque requiere modelización económica y análisis de escenarios que van más allá del informe de evaluación de ofertas.

 

La innovación también consiste en cambiar las preguntas

La digitalización y la inteligencia artificial están transformando la forma en que pueden prepararse estas operaciones. Hoy es posible analizar contratos, identificar riesgos, modelizar diferentes configuraciones del perímetro de transmisión o simular escenarios de continuidad con una velocidad impensable hace unos pocos años.

Pero la tecnología no sustituye la decisión. La mejora. La verdadera innovación no consiste en automatizar documentación. Consiste en convertir una operación jurídica en una decisión empresarial basada en datos. Porque la pregunta deja de ser qué permite el TRLC para convertirse en qué estructura maximiza el valor para todas las partes.

Estas operaciones necesitan equipos multidisciplinares. Las transmisiones con mejores resultados comparten un denominador común: no se diseñan exclusivamente desde una perspectiva jurídica. Integran especialistas en estrategia, finanzas, operaciones, fiscalidad, recursos humanos, tecnología, valoración empresarial y derecho concursal.

Solo esa visión integrada permite anticipar riesgos, identificar oportunidades y construir operaciones que realmente preserven negocio. La unidad productiva deja así de ser un expediente concursal para convertirse en un proyecto de transformación empresarial.

Conclusión

La normativa concursal proporciona un marco flexible. La diferencia entre una operación correcta y una operación excelente no la marca el texto legal. La marca la capacidad de interpretar cada caso como un problema empresarial único, de hacer las preguntas adecuadas y de traducir la respuesta en una estructura que maximice el valor recuperable.

En un entorno donde preservar empresas resulta cada vez más importante que liquidarlas, la transmisión de unidades productivas deja de ser un ejercicio de cumplimiento para convertirse en una disciplina de creación de valor. Y esa transición abre un espacio real para la consultoría de negocio: ayudar a diseñar operaciones que no solo cierren un procedimiento, sino que reconstruyan empresas, protejan empleo y pongan en valor cada activo disponible.

Las mejores operaciones no nacen de aplicar una plantilla. Nacen de entender bien el problema antes de que alguien lo haya formulado del todo.

 

Autor:  Víctor Illueca, del equipo de Derecho Concursal y Reestructuraciones