Como siempre, cada mes encontramos Sentencias y noticias jurídicas que, por su particularidad o relevancia, llaman especialmente la atención. A continuación, exponemos un resumen de algunas de ellas:
Sentencia del Tribunal Supremo de 16 de julio de 2025: ¿puede un juez conceder una indemnización por despido improcedente superior a la legal prevista?
Mediante dicha Sentencia, el Tribunal Supremo afirma que el sistema indemnizatorio español es compatible con el Convenio 158 de la OIT, quedando así clara la imposibilidad de conceder cuantías superiores a las legalmente previstas, incluso si la cuantía legal tasada fuese insuficiente para reparar el daño del trabajador. Esta sentencia respalda nuestro marco legal vigente y se recupera la seguridad jurídica perdida tras el dictado de sentencias que establecían la condena a mayor indemnización a la tasada, cuando ésta según el subjetivo criterio del juzgador pudiese ser entendida insuficiente.
Sentencia del Tribunal Supremo del 15 de julio de 2025: convivencia y pensión en favor de familiares, ¿qué ocurre si el causante estaba en una residencia?
El Tribunal Supremo ha confirmado que no puede reconocerse la pensión en favor de familiares cuando no se acredita la convivencia efectiva con el causante durante los dos años anteriores a su fallecimiento, incluso si este se encontraba ingresado en una residencia. La Sala recuerda que el concepto de convivencia admite una interpretación flexible cuando persisten vínculos económicos y de cuidado, pero insiste en que debe probarse una relación continuada y habitual.
En este caso, el Tribunal concluye que el simple empadronamiento previo con el progenitor no basta para acreditar la convivencia exigida, al no demostrarse cuidados ni contacto habitual tras su ingreso en la residencia. Por ello, estima el recurso del INSS, anula la sentencia del TSJ de Cataluña y confirma la denegación de la pensión.
Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de julio de 2025: ¿vulnera el derecho de huelga la designación por sorteo del personal para cubrir los servicios mínimos?
El Tribunal Supremo ha declarado que la designación mediante sorteo de los trabajadores encargados de cubrir los servicios mínimos durante una huelga no vulnera, por sí sola, el derecho fundamental de huelga. La Sala subraya que, una vez fijados los servicios mínimos por la autoridad administrativa, corresponde a la empresa organizarlos y designar al personal, siempre que no lo haga con finalidad fraudulenta ni abusiva. El uso del sorteo puede ser un método válido cuando la empresa no dispone de información previa y lícita sobre qué empleados secundarán o no la huelga.
La Sala precisa que la empresa debe minimizar el impacto sobre quienes quieran secundar la huelga, pero sin utilizar datos de afiliación sindical ni exigir declaraciones previas a los trabajadores. En ausencia de un conocimiento legítimo y efectivo sobre quiénes van a adherirse o no a la huelga, el sorteo se considera un mecanismo válido y neutral para evitar un uso desviado de los poderes empresariales.
Sentencia del Tribunal Supremo del 25 de junio de 2025: ¿hay igualdad entre hombres y mujeres en el complemento de pensión por brecha de género?
Establece el TS que el complemento para la reducción de la brecha de género (artículo 60 de la LGSS) debe ser satisfecho a los varones en las mismas condiciones que a las mujeres. EL TS sigue el criterio del TJUE, que establece que mencionado artículo contraviene la Directiva 79/7/CEE del Consejo de 19 de diciembre de 1978, según el cual este artículo 60 establece requisitos adicionales a los hombres que hayan tenido uno o más hijos para ver reconocido el complemento de pensión, esto recoge una redacción discriminatoria directa por razón de sexo.
En este caso, se desestima el recurso interpuesto por el INSS contra la sentencia del TSJ del País Vasco, que reconoció el complemento de pensión del artículo 60 de la Ley a un varón con tres hijos a quien el INSS se lo denegó por no cumplir los requisitos adicionales fijados para los hombres.
Autores: Lucía Álvarez y Gadea Saldaña, del equipo de Derecho laboral.
 
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