Se prorroga el plazo para la deducción de IRAE para empresas constructoras o promotoras

En el mes de setiembre de 2013 el PE permitió, de forma transitoria, la deducción en el IRAE del costo de adquisición de aquellos inmuebles destinados a integrar el costo de ventas de bienes inmuebles nuevos construidos por empresas constructoras o promotoras, o en ejecución de contratos de fideicomisos de construcción al costo.

En un principio se dispuso la deducción integra del valor fiscal de tales inmuebles en tanto estos hubieran sido adquiridos desde el 1º de julio de 2007 hasta el 28 de febrero de 2021, el reciente decreto extiende el plazo hasta el 28 de febrero de 2024. 

Asimismo cabe recordar que la obra de construcción debe ser inscripta ante el BPS entre el 1º de setiembre de 2013 y el 28 de febrero de 2024. A su vez, para los inmuebles adquiridos en este periodo, es condición necesaria para acceder al beneficio que el pago de la totalidad de la operación se efectúe:
a.    A través de transferencias electrónicas entre cuentas de instituciones de intermediación financiera, pertenecientes al comprador y vendedor; o
b.    En especie, mediante la entrega de unidades a construir