Publicado en el Semanario Búsqueda el 17 de noviembre de 2016.

Fue presentado un proyecto de ley a la Asamblea General que refiere a cambios en la Ley de Inclusión Financiera vigente. Las modificaciones tienen como objetivo potenciar los efectos de la ley y optimizar algunos aspectos previstos en la misma.

El Programa de Inclusión Financiera que el gobierno viene impulsando constituye una política pública destinada a permitir el acceso y uso de los servicios financieros por parte de toda la población y las empresas, en particular de quienes no podían acceder a los mismos o lo hacían en muy malas condiciones, como es el caso de los hogares de menores ingresos y las micro y pequeñas empresas. Constituye un elemento central de la agenda de inclusión social del gobierno y se enmarca en el conjunto de reformas estructurales que se han venido implementando desde el año 2005.

Cambios para los trabajadores

Es de público conocimiento que el pago de los salarios del servicio doméstico a través de medios electrónicos es difícil de implementar, ya que es un rubro donde el empleador es una persona física y no una empresa. Por ello se propone extender el plazo de instrumentación al 31 de diciembre de 2017 y con posibilidad de extenderlo por dos años más.

Respecto a las prestaciones de alimentación, se establece que aquellas personas que son beneficiarias de dicho beneficio que no se paguen en especie, tendrán derecho a solicitar la emisión de dinero electrónico adicional a favor del padre, madre, hijo, cónyuge o concubina del beneficiario de estas prestaciones. Esto siempre que garantice que estos fondos no se destinen a fines diferentes a los previstos.

Asimismo, y a efectos de universalizar el acceso a los servicios financieros, se establece que aquellos designados a cobrar las referidas prestaciones tienen derecho a acceder a una cuenta en una institución de intermediación financiera o a un instrumento de dinero electrónico sin costo.

Operaciones de compraventa de inmuebles y vehículos automotores

De acuerdo al proyecto presentado por el Poder Ejecutivo, se propone prorrogar hasta el 1° de julio de 2017 la entrada en vigencia de diversas operaciones que estaban previstas para el 31 de diciembre de 2016, es el caso de aquellas de montos superiores a UI 40.000 (U$S 5.000), las cuales a partir del 1/7/2017 no podrán hacerse en efectivo. Asimismo aquellas operaciones de montos elevados, o sea mayores a UI 160.000 (U$S 20.000) solo podrán realizarse a través de medios de pago electrónicos o cheques diferidos cruzados no a la orden.

Respecto a la enajenación de bienes inmuebles mayores a UI 40.000, se prorroga al 1° de julio de 2017 la entrada en vigencia de la ley y se admiten otros medios de pago como el cheque común, cheque diferido cruzado no a la orden y se agrega el cheque diferido cruzado según lo establezca la reglamentación.

Cuando se prevea la financiación de la operación, los pagos del saldo deberán realizarse mediante acreditación en cuenta en una institución de intermediación financiera o en instrumento de dinero electrónico, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

Los escribanos públicos no podrán autorizar escrituras ni certificarán firmas de documentos que incumplan total o parcialmente estas obligaciones; así como tampoco los Registros Públicos inscribirán los actos antes relacionados cuyos medios de pago sean distintos a los previstos en el presente artículo.

En las adquisiciones de vehículos motorizados mayores a UI 40.000, se prorroga la obligatoriedad de utilizar medios de pago electrónicos al 1/7/2017 y se agrega como medio de pago el cheque común, y el cheque diferido cruzado de acuerdo a lo que establezca la reglamentación. Respecto a las prohibiciones para los escribanos y para el Registro Público aplica lo mencionado anteriormente para inmuebles.

Pagos de impuestos

Se agrega como medio de pago el cheque diferido cruzado, y el cheque cruzado común de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.      

Entendemos que estos cambios propuestos buscan una adecuada implementación de las medidas que aún no han entrado en vigencia, tratando de aumentar el nivel de formalidad de la economía.

Cra. Ana Inés Montaldo

Socio Director de RSM