Cicular N° 2376  del 23.12.2020: Reducción gradual de encajes

Con fecha 23 de diciembre de 2020, Banco Central del Uruguay dictó la Circular Nº 2376 que dispone una reducción de las tasas de encaje en moneda nacional y en unidades indexadas en relación al crédito otorgado al Sector Privado No Financiero.

La norma dictada estipula los topes mínimos de encaje a regir a partir del 01.01.2022, con dos períodos intermedios de reducción gradual, diferencial según se trate de Moneda Nacional y Unidades indexadas,  en el primer y segundo semestre del año 2021.

A efectos de ilustrar mostraremos el comparativo correspondiente para Bancos y Cooperativas de Intermediación Financiera, atendiendo que son quienes concentran el mayor porcentaje de crédito del Sector Industrial, Comercial y de Servicios.

La reducción aprobada, en el total del período  puede verse de acuerdo al siguiente detalle:

 

Tasa vigente hasta 31.12.2020

Tasa a regir a partir del 01.01.2022

Obligaciones a plazos menores a 30 días (*)

22%

15%

Obligaciones a plazos entre 30 y 90 días

11%

3%

Obligaciones a plazos entre 91 y 180 días

7%

2%

Obligaciones a plazos entre 181 y 366 días

5%

1%

 

La norma tiene como propósito claro, aunque no explicitado,  incrementar la masa de dinero disponible para crédito en poder de las instituciones financieras, y paralelamente favorecer la disminución de las tasas de interés (costo del crédito), y favorecer la reactivación económica.

Dentro de la misma línea se puede enmarcar un objetivo de política anti inflacionaria y, en el mediano plazo, de desdolarización de la economía.

La decisión adoptada parece adecuada a las circunstancias que vive el país a partir de la crisis económica derivada de la emergencia sanitaria, y también en una proyección de largo plazo.