RSM Uruguay renueva su correo electrónico.

RSM Uruguay renueva su correo electrónico institucional

RSM Uruguay operará con un nuevo dominio de correo electrónico: @rsmuruguay.com

A partir de ahora, los correos electrónicos de nuestros colaboradores adoptarán el siguiente formato: [email protected]

Este cambio forma parte de una actualización técnica que nos permitirá mejorar la continuidad y seguridad de nuestras comunicaciones. Aclaramos que esta modificación no afecta la operativa interna ni el servicio que brindamos.

Les solicitamos que actualicen nuestros datos de contacto en sus registros y tengan en cuenta este nuevo dominio para futuras comunicaciones.

La Ley de Migraciones reconoce las siguientes categorías migratorias para extranjeros (artículo 31 y siguientes de la Ley 18.250):

No residentes

Son aquellas personas que ingresan al territorio nacional sin ánimo de permanecer en el no definitiva ni temporalmente. El artículo 36 de la Ley de Migraciones, enlista a quienes se consideran no residentes, entre otros, encontramos a: turistas, tripulantes, deportistas, periodistas, etc. 

Residentes: 

Estas se subdivide en dos tipos: 

Permanentes: aquellas personas que tienen ánimo de permanecer indefinidamente en el país,  y

Temporarios: aquellos que permanecerán por un período de tiempo determinado, ya sea por un contrato de trabajo específico u otra causal de la previstas por la Ley. A su vez, dentro de esta categoría, encontramos los residentes temporarios que permanecerán en el país más de 180 días, y lo que permanecerán menos o hasta 180 días.