por Agustina Silva del departamento de Consultoria de RSM UY.
CIRCULAR Nº 1/024: COMAP ESTABLECE CONDICIONES PARA ACEPTACIÓN DE PRÓRROGAS DE CRONOGRAMA DE INVERSIONES
Con fecha 07de febrero de 2024, COMAP publicó la Circular 1/024, que sustituye la Circular N° 2/020. La misma establece que solo se dará curso a solicitudes de prórroga del período de inversiones, si dicha solicitud cumple con la siguiente doble condición:
1) que la misma sea debidamente fundada.
2) la solicitud sea presentada con anterioridad al vencimiento del cronograma original de inversiones aprobado en la Resolución o de las prórrogas que se hubiesen otorgado con posterioridad.
Esta disposición entra en vigencia a partir del 26 de febrero de 2024.