por Agustina Silva del departamento de Consultoria de RSM UY.

 

CIRCULAR Nº 1/024: COMAP ESTABLECE CONDICIONES PARA ACEPTACIÓN DE PRÓRROGAS DE CRONOGRAMA DE INVERSIONES  

 

Con fecha 07de febrero de 2024,  COMAP publicó la Circular 1/024, que sustituye la Circular N° 2/020.  La misma establece que solo se dará curso a solicitudes de prórroga del período de inversiones, si dicha solicitud cumple con la siguiente doble condición:  

 

1) que la misma sea debidamente fundada.  

2) la solicitud sea presentada con anterioridad al vencimiento del cronograma original de inversiones aprobado en la Resolución o de las prórrogas que se hubiesen otorgado con posterioridad.  

 

Esta disposición entra en vigencia a partir del 26 de febrero de 2024.