Se exonera de todo gravamen a la importación de vehículos clásicos

Con la intención de posicionar a Uruguay en el mapa mundial de exposiciones de automóviles clásicos, el Decreto N°101/022 exonera de todo gravamen aduanero o no (incluido el recargo mínimo) a la importación definitiva de vehículos clásicos con una antigüedad igual o mayor a cincuenta años. 

El interesado deberá presentar su solicitud ante el Ministerio de Economía y Finanzas acreditando en forma fehaciente la titularidad del vehículo, su antigüedad, así como la condición de vehículo clásico, quien autorizará su ingreso al territorio aduanero.

El vehículo será destinado a ser exhibido en museos, salones de exposición, ferias y eventos de automóviles organizados por instituciones que estén fiscalizadas por el Automóvil Club del Uruguay, Montevideo Classic Car o Club Uruguayo de Autos Históricos, así como otra actividad expresamente autorizada por el Ministerio de Economía y Finanzas.

Posteriormente a su importación:

  • Los vehículos clásicos deberán ser empadronados en la Intendencia Departamental correspondiente al domicilio del importador, al momento de ingresar al territorio aduanero nacional, en el plazo de 30 (treinta) días a partir de su entrada a territorio uruguayo.
  • Queda prohibida la enajenación de los referidos vehículos dentro del territorio aduanero nacional.