Intermediarios de Valores

Días atrás, la Superintendencia de Servicios Financieros (SSF) emitió una nueva versión del Proyecto de Estándares Mínimos de Gestión (EMG) para Intermediarios de valores (Corredores de Bolsa y Agentes de Valores), luego de recoger las sugerencias y comentarios de las entidades respecto a la versión inicial de marzo 2020.

Al igual que en su primera versión, los Estándares Mínimos de Gestión (EMG) constituyen las expectativas del regulador sobre los elementos que deben estar presentes en la gestión de las referidas entidades y que serán considerados por éste en los procesos de supervisión de las mismas.

Sin embargo, respecto de aquella versión se reformularon, eliminaron y/o simplificaron algunos de los principios de buenas prácticas de actuación y gestión, refiriendo además que la SSF tendrá en cuenta, en sus procedimientos de supervisión y evaluación de las entidades, la naturaleza, tamaño y complejidad de las operaciones y su perfil de riesgo.

El proyecto se basa en tres componentes fundamentales:

1. Estándares de Gobierno Corporativo

Comprenden los aspectos esenciales que deben integrar la estructura y sistemas de dirección, monitoreo y control de las entidades, indicando, en esta nueva versión, que, en las entidades que presentan estructuras reducidas y perfil de riesgo bajo, se admite que existan personas que concentren roles de Dirección y Alta Gerencia.

Entre las principales prácticas esperadas por el regulador se encuentran:

  • Documentar los temas tratados y decisiones tomadas a partir de los controles y evaluaciones de la Auditoria Externa y del Supervisor;
  • Promover una cultura ética a través de la definición, documentación y difusión de políticas y procedimientos que la promuevan y eviten o administren los conflictos de intereses (Código de Ética, Código de Buenas Prácticas, Política sobre conflictos de intereses, Procedimientos de gestión del personal, Políticas de remuneración y compensación).
  • Promover un ambiente de control confiable y adecuado y una adecuada gestión de riesgos (sistema de control interno, políticas y procedimientos de gestión de riesgos)
  • Definir e implementar un sistema de información íntegro y oportuno, que contemple información financiera, operativa de riesgos y de cumplimiento.

2. Estándares de Protección al Inversor

Refieren a las prácticas que aseguren la protección de los intereses de los inversores cumpliendo con las normas regulatorias y mejores prácticas en la materia.

Dicha protección se basa en tres pilares: trato justo y ético, transparencia, y efectiva resolución de reclamos, y se traduce en elementos como:  

  • Procedimientos que aseguren que toda relación comercial con el cliente se encuentra precedida por un contrato escrito que cumpla con los requisitos legales y reglamentarios establecidos;
  • Asegurar que todos los clientes cuentan con un perfil y una estrategia de inversión alineada al mismo, y que las mismas debidamente documentadas.
  • Adoptar políticas y procedimientos de ejecución de órdenes de clientes (Políticas y procedimientos de la mesa de operaciones, sistema de priorización de las órdenes).
  • Proporcionar al cliente, al menos anualmente, el estado de cuenta
  • Brindar al cliente información clara, suficiente, veraz y oportuna acerca de las características y riesgos de los productos y servicios solicitados por los clientes u ofrecidos a éstos;
  • Contar con un servicio de atención a los clientes que permita canalizar las consultas y los reclamos recibidos (incluyendo detalle de las operaciones realizadas en el período y los costos asociados, diferenciales de precio, posiciones en tanto en efectivo como en valores, información sobre la rentabilidad anual obtenida).

3. Estándares de Gestión de Riesgos

Las entidades deberán contar con un Sistema de Gestión de Riesgos, definido como el conjunto de políticas, procedimientos y mecanismos de control implementados para propiciar una adecuada identificación, medición, control y monitoreo de los riesgos que asume, y en particular para las siguientes categorías:

  • Riesgo operacional y cumplimiento;
  • Riesgo de LA/FT;
  • Riesgo de Reputación;
  • Riesgo de crédito, contraparte y custodia;
  • Riesgo de mercado

Si bien los EMG integran en muchos casos elementos ya considerados por el marco regulatorio vigente, incorporan también otros tendientes a sistematizar, formalizar y documentar los procesos operativos y de gestión de riesgos, administración del sistema de control interno, y las decisiones y análisis al respecto realizadas por el Directorio y la Alta Gerencia.