Como es de público conocimiento, a partir del pasado 1º de enero de 2018, la Dirección General Impositiva tiene a su cargo la recaudación, administración y fiscalización del Impuesto Anual de Enseñanza Primaria.

En relación a este tema, mediante reciente Resolución 001/2018, la DGI ha resuelto declarar de oficio, la prescripción del derecho al cobro de los adeudos por concepto del Impuesto Anual de Enseñanza Primaria y sus sanciones moratorias, respecto de los padrones sobre los cuales se ha configurado la prescripción, correspondientes a los ejercicios fiscales anteriores a diciembre de 2012, inclusive.