Sin descuidar el aspecto sanitario derivado de la pandemia, el Gobierno ha mostrado particular preocupación por la situación del empleo.

En esa línea ha presentado al Parlamento, y al día de la fecha ya obtuvo media sanción por parte del Senado (unanimidad), el “Proyecto de Ley de Promoción del Empleo para sectores más vulnerables”.

El proyecto, en resumen, apunta a subsidiar la contratación de población joven, población mayor de 45 años y personas con discapacidad, y como veremos más adelante, también con un enfoque de género.

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Aquellas empresas que contraten jóvenes en primera experiencia laboral recibirían un subsidio de $ 6.000 mensuales, y si fuera mujer, el mismo se elevaría a $7.500. El subsidio tendrá una duración de 12 meses, a partir del cuál la empresa tendría derecho a una exoneración de aportes patronales, mientras se mantenga el empleo y hasta que el trabajador cumpla 25 años.

En el caso de los mayores de 45 años, para que la empresa contratante acceda al mismo, el trabajador debería haber estado desempleado en los últimos 12 meses, o por 15 meses en los últimos 24 meses. El subsidio podría tener una duración de hasta 12 meses, sería de $ 7.000 mensuales, si fuera mujer de $ 8.000, y si tuviese personas a cargo de hasta $ 9.000

En el caso de la promoción del empleo para personas con discapacidad, el moderlo será el mismo que para los jóvenes y para mayores de 45 años en situación de desempleo continuo y con los mismos montos.

El subsidio se aplicará en forma de crédito para las obligaciones del empleador para con el Banco de Previsión Social, por un período máximo de 12 meses, teniendo carácter proporcional en aquellos casos de menor carga horaria y en ningún caso los beneficiarios podrían superar el 20% de la plantilla laboral de la empresa.

Las empresas que se acogiesen a este régimen no podrían presentar deudas con el Banco de Previsión Social ni con la Dirección General Impositiva.

Las erogaciones resultantes de la aplicación de este proyecto serían con cargo al Fondo de Reconversión Laboral y a Rentas Generales.