por Agustina Silva del departamento de RAS

Mediante decreto del 31 de enero 2020 se modificó el Artículo 8 del Decreto 143/018, en lo que respecta a la regulación del indicador “descentralización”.

El mismo es un componente en la matriz de indicadores de un proyecto de inversión, en este caso, según el lugar donde se radique físicamente la inversión.

La modificación incorpora el citado beneficio de la descentralización para aquellas inversiones que se realicen en el departamento de Montevideo en Suelos Categoría Rural o Suburbanos Subcategorías no Habitacional, No Habitacional Intensivo y No Habitacional de Servicios, y en estos casos el puntaje a otorgar será el mismo que para el resto del departamento de Canelones.

Recordemos que el puntaje otorgado al departamento de Canelones es 6 en la capital departamental y 8 en el resto del departamento.