PROYECTO DE LEY DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DEL EJERCICIO 2021

Con fecha 30 de junio el Parlamento recibió el proyecto de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal del ejercicio 2021, presentado por el Poder Ejecutivo, el cual incluye diversas disposiciones. 

En este artículo nos centraremos en las disposiciones de carácter tributario detalladas en la Sección VII de Recursos. 

Exoneración de Contribución Inmobiliaria Rural 

Se establece para propietarios de padrones rurales que exploten menos de 200 hectáreas índice CONEAT 100, la exoneración del impuesto de la Contribución Inmobiliaria Rural por las primeras cincuenta hectáreas equivalentes a índice CONEAT 100. A partir del próximo año (1/1/23), la superficie ocupada por bosques naturales declarados “protectores” no será computada como superficie explotada.

Si bien la exoneración ya existía se proyecta ampliarla por no considerar los bosques naturales como superficie explotada.

Exoneración del Impuesto de Enseñanza Primaria

Se establece para propietarios de padrones rurales que exploten menos de 300 hectáreas índice CONEAT 100, la exoneración del pago del Impuesto Anual de Enseñanza Primaria. A partir del próximo año (1/1/23) la superficie ocupada por bosques naturales declarados “protectores” no será computada como superficie explotada.

Al igual que en el punto anterior, la exoneración ya existía pero se proyecta ampliar por no considerarse los bosques naturales como superficie explotada.

Intercambio de Información automática (CRS)

Se estipula que cuando una entidad financiera obligada a informar, o cualquier persona, entidad o tercero, celebren actos o realicen acuerdos cuyos efectos lleven a evitar cualquier obligación emergente del compromiso internacional asumido por el país para el intercambio de información automática, estos acuerdos no serán considerados para la aplicación de dicha norma.

Anteriormente la norma mencionaba esto solamente para entidades financieras, agregando a través del proyecto a cualquier persona, entidad o tercero.

Devolución de IVA en las adquisiciones de gasoil

Se proyecta ampliar el porcentaje de un 0,40% al 0,70% del límite máximo calculado sobre los ingresos en la venta de ganado bovino y ovino del último ejercicio fiscal cerrado, para la devolución de IVA incluido en las compras de gasoil destinadas a la cría o engorde de ganado bovino y ovino.

Rentas exentas IRAE

Se propone agregar como rentas exentas de IRAE a las de Aporte Social Único de PPL (personas privadas de libertad), además de las del régimen de Monotributo y Monotributo Social MIDES ya existentes.

Donaciones IRAE

Se plantea modificar el monto máximo destinado a la ejecución de proyectos por donaciones que las empresas contribuyentes de IRAE e IP realicen a las entidades listadas en el Art.79 del Titulo 4/2007. Anteriormente se encontraba en $ 533.439.871 y se proyecta fijarlo en $ 550.000.000, siempre a valores de 2020, que podrá ser ajustado anualmente por la variación de la UI.  

IRPF Rendimientos de capital – Modificación de tasas

En relación a este punto se proyecta modificar las tasas de las rentas alcanzadas por IRPF, sobre todo aquellas de colocaciones financieras ampliando la cantidad de categorías diferenciándose si son intereses de depósitos u obligaciones y otros títulos de deuda, según la moneda y los plazos de la colocación. En muchos casos las tasas que anteriormente eran de un 7% pasan a escalas desde un 0,5% hasta un 12%.

IRNR rendimientos de capital - Modificación de tasas

En línea con las modificaciones del IRPF se propone un ajuste en las tasas de IRNR que se modifican a un rango desde 0,5% a un 25%, en función de la moneda, los plazos y el tipo de inversión.

Rentas exentas IRNR

Se plantea agregar dentro de las rentas exentas de IRNR los intereses de las obligaciones que emitan los contribuyentes de IRAE cuyos activos afectados a la obtención de rentas no gravadas superen el 90% del total de activos. Anteriormente solo se exoneraban los intereses de los préstamos otorgados a estos contribuyentes.

Asimismo se agrega los intereses de los valores emitidos por fideicomisos financieros que cumplan lo anterior.

IVA – exoneración genérica

Se agrega dentro de la exoneración genérica a los contribuyentes de Aporte Social Único de PPL como exonerados de IVA, además de las del régimen de Monotributo y Monotributo Social MIDES ya existentes.

Impuesto al Patrimonio (IP)

Para la liquidación del IP en personas jurídicas locales y del exterior y el patrimonio afectado a actividades comprendidas en IRAE, se permite considerar como pasivo deducible las deudas contraídas con la Agencia Nacional de Desarrollo. Anteriormente se permitía deducir las deudas con Estados, organismos internacionales de crédito que integre el Uruguay, la Corporación Nacional para el Desarrollo e instituciones financieras estatales del exterior para la financiación a largo plazo de proyectos productivos.

Impuesto al Patrimonio explotaciones agropecuarias

Recordemos que el patrimonio afectado a explotaciones agropecuarias está exento si el valor de los activos no supera las 12.000.000 de UI. Para ello se proyecta no considerar dentro del valor de los inmuebles, muebles y semovientes, la superficie ocupada por bosques naturales declarados protectores.

Adicional al Fondo de Solidaridad

Se proyecta reducir el adicional al Fondo de Solidaridad a partir de 2023 en un 25% anual acumulativo sobre el cargo de 2022 hasta su eliminación en 2026.