Reducción aplicable a IMESI por enajenación de nafta en proximidades de pasos de frontera

Como consecuencia de la modificación de los precios relativos de las naftas en la región, el Decreto 116/022 dispuso la reducción del Impuesto Específico Interno (IMESI) correspondiente a la enajenación de dichos bienes en los pasos de frontera con un máximo de un 30% del precio de venta.

El pasado 25 de abril se publicó la Resolución N° 532/022 la cual modifica la reducción antes dicha en función de la distancia de ubicación de las estaciones de servicio con respecto a la frontera con los países limítrofes, colocando la reducción a un 30% para el paso de frontera con la República Argentina y un 24% del precio de venta para los pasos de frontera con la República Federativa de Brasil.

La presente norma deroga la resolución antes mencionada y establece los nuevos porcentajes de exoneración, los cuales se detallará a continuación:

Se mantiene la reducción del 30% para las estaciones de servicio que estén ubicadas a una distancia máxima hasta 20 km de la frontera con la República Argentina ellas son:

  • Fray Bentos - Puerto Unzué
  • Paysandú – Colón
  • Salto – Concordia

En el caso de las fronteras con la República Federativa de Brasil, la reducción se mantiene en un 24%

En este caso las fronteras son:

  • Chuy
  • Río Branco
  • Aceguá
  • Rivera
  • Artigas
  • Bella Unión

Lo dispuesto en la presente resolución regirá para las enajenaciones de nafta que se realicen a partir del 1º de mayo de 2022 inclusive.