Constituir DOMEL ante Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS)

El Decreto 343/2017 establece que todo empleador del sector público o privado que tenga registrado o registre trabajadores en régimen de dependencia, estando exceptuado el servicio doméstico, deberá constitiur domicilio electrónico ante el MTSS. 

La Ley de Rendición de Cuentas estableció la obligatoriedad de constituir DOMEL al 1° de enero de 2023 y la potestad del MTSS a partir de esa fecha de sancionar a los empleadores que incumplan con esta obligación; no obstante, esta exigencia se implementará en forma gradual conforme a la reglamentación de la norma.

Para constituir DOMEL ante el MTSS, la empresa debe ingresar a www.gub.uy/mtss/domel y seguir los pasos indicados. 

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