La ley uruguaya regula prácticamente todas las formas legales conocidas de estructuras organizativas, incluida la formación de una nueva entidad legal o la instalación de una sucursal de una entidad extranjera.
Entre los posibles escenarios a adoptar, los más habituales son Sociedad Anónima (SA), Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL), Sociedad Anónima Simplificadas (SAS) y una sucursal de una empresa extranjera.
La Sociedad Anónima (SA) está regulada por la Ley N ° 16.060 de 1989. Sin embargo, las principales regulaciones relacionadas con las actividades llevadas a cabo por estas corporaciones están incluidas en sus estatutos. El principal elemento de la sociedad anónima es su capital, el cual se divide en acciones que se pueden representar en títulos negociables. Las acciones podrán ser al portador o nominativas.
La sociedad anónima es el tipo social más utilizado para llevar a cabo actividades comerciales o industriales en general, y para grandes inversiones y emprendimientos; debido a la posibilidad de transferir las acciones fácilmente y a la inexistencia de responsabilidad por parte de los accionistas. Asimismo no tienen restricciones operativas y pueden participar en cualquier tipo de negocio. Los accionistas y los directores pueden tener nacionalidad o residencia uruguaya o extranjera.
La Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) está regulada por la Ley No.16.060 de 1989. Sin embargo, las principales regulaciones relacionadas con las actividades llevadas a cabo por estas sociedades personales están incluidas en su contrato constitutivo. La Sociedad de Responsabilidad Limitada es el tipo de estructura legal más utilizada por las entidades comerciales de tamaño mediano y pequeño. El capital se divide en cuotas sociales de igual valor, acumulables e indivisibles. Sus socios son responsables hasta el monto de sus aportaciones de capital. La sociedad puede tener de dos a cincuenta socios, que pueden ser entidades legales, sin restricción de nacionalidad.
Las SRL son administradas y representadas por una o varias personas, asociadas o no, designadas en los artículos de incorporación.
La Sociedad Anónima Simplificada (SAS) es un tipo de sociedad comercial híbrido, que toma los elementos más importantes de las sociedades anónimas y de las sociedades de responsabilidad limitada. Podrán constituirse por una persona física, una persona jurídica (que no sea sociedad anónima) o varias personas físicas o jurídicas (cualquiera sea su tipo social.). Su capital estará representado por acciones y sus accionistas no serán responsables por las obligaciones sociales,
No podrán adoptar la forma jurídica de sociedad por acciones simplificada las sociedades que hagan oferta pública de sus acciones, aquellas en las cuales sea accionista, directa o indirectamente, el Estado, un Gobierno Departamental, un Ente Autónomo, un Servicio Descentralizado o una persona pública no estatal, ni aquellas que se dediquen a actividades para las cuales la ley disponga la adopción de un tipo social específico. más allá del monto de sus respectivos aportes.
Las sociedades extranjeras con actuación en Uruguay se encuentran reguladas principalmente por los Art. 192 a 198 de la Ley de Sociedades Comerciales. Estas se regirán en cuanto
a su existencia, capacidad, funcionamiento y disolución por la ley del lugar de su constitución y serán reconocidas en nuestro país de pleno derecho. Esto les permite celebrar actos aislados y comparecer a juicios, así como también pueden actuar en Uruguay mediante un establecimiento permanente o apertura de una sucursal. No tienen restricciones operativas, pero deben participar en las mismas actividades que su oficina central.
El Head Office extranjero, cuyo patrimonio neto no puede separarse del de la sucursal, es responsable de las obligaciones de la sucursal. La sucursal debe mantener registros contables separados en moneda uruguaya y en idioma español. La sucursal es una empresa extranjera y, en consecuencia, no puede transformarse adoptando un tipo diferente de estructura legal.
En Uruguay, la ley de fideicomiso ha estado vigente desde noviembre de 2003 y regula este tipo de estructura alternativa para hacer negocios en el país. Los fideicomisos han sido muy útiles en diversos sectores de la economía local, incluida la manufactura, los servicios y la infraestructura. Los inversores extranjeros generalmente usan este instrumento de manera privada para brindar garantías a sus propios inversionistas en el país y para realizar inversiones rápidas. Este instrumento es mucho más flexible que las formas corporativas tradicionales de hacer negocios.