DEROGATORIA TÁCITA DEL DECRETO 4910 DE 2011 QUE REGLAMENTABA EL BENEFICIO PARA ACCEDER A LA PROGRESIVIDAD EN EL PAGO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS

 

El 12 de febrero de 2018, la DIAN profirió el Concepto No. 148, por el cual estableció, en virtud del artículo 240 del Estatuto Tributario como “tarifa aplicable para el Impuesto Sobre la Renta y Complementarios a las sociedades nacionales constituidas bajo la Ley 1429 de 2010, el 9%, sin que su tasación dependa del cumplimiento en el pago de las declaraciones de retención en la fuente”. De este modo y tras la derogatoria expresa del artículo 4 de la Ley 1429 de 2010, se entiende derogado tácitamente el Decreto 4910 de 2011 y, por ende, no se requiere el cumplimiento de las obligaciones establecidas en dicho Decreto para acceder a la tarifa del 9% consagrada en el artículo 240 del Estatuto Tributario.

Para un mayor entendimiento del tema, anexamos el Concepto referido.

En caso de requerir información adicional, por favor no dude en contactarnos.

 

 

 

Sergio Viveros

Tax Partner

RSM TAX & LEGAL.

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