Con el inicio del nuevo año gravable 2026, los contribuyentes que actualmente pertenecen al Régimen Simple de Tributación (RST) deben verificar que continúan cumpliendo con los requisitos legales para mantener su afiliación a este régimen tributario. Del mismo modo, aquellos que deseen beneficiarse de las ventajas del régimen simple tienen una oportunidad única hasta el último día hábil de febrero de 2026 para inscribirse (si se inscribe por primera vez en el Registro Único Tributario (RUT) podrá hacerlo en cualquier momento).
¿Por qué es importante hacer esta revisión ahora?
El Régimen Simple de Tributación es un beneficio especial para pequeñas y medianas empresas, y para personas naturales que realicen actividades empresariales, que no cuentan con suficientes costos y gastos deducibles. Este régimen simplifica significativamente sus obligaciones tributarias y les proporciona tarifas del impuesto sobre la renta inferiores, sin permitir la deducción de costos y gastos para calcular el impuesto.
Sin embargo, como cualquier otro beneficio tributario, tiene requisitos específicos que deben cumplirse de forma continua. Si durante el año gravable 2025 su empresa superó alguno de estos límites o usted dejó de cumplir con las obligaciones requeridas, debe informarlo a la Administración y, en su caso, solicitar el cambio de régimen antes de que sea demasiado tarde.
Requisitos para permanecer o inscribirse en el Régimen Simple 2026
Para que pueda mantener su afiliación al RST o, en su caso, inscribirse en él, debe cumplir con los siguientes requisitos:
1. Naturaleza del contribuyente:
- Ser persona natural que desarrolle actividad empresarial (incluyendo profesionales liberales como médicos, contadores y abogados), o
- Ser persona jurídica cuyos socios o accionistas sean personas naturales residentes en Colombia.
2. Límite de ingresos:
- Haber obtenido en el año gravable anterior ingresos brutos iguales o inferiores a 100.000 UVT (aproximadamente $ 5.237.400.000 para 2026).
3. Residencia:
- Ser residente en Colombia (aplica para personas naturales).
4. Consolidación de ingresos - Múltiples empresas del mismo socio:
- Si tiene una o varias empresas o participas en varias sociedades inscritas en el RST, sus ingresos se deben revisar de forma consolidada y en proporción a su participación en cada una de ellas. Este requisito es especialmente importante si usted es socio o empresario con múltiples negocios.
5. Consolidación de ingresos - Participación en otras empresas no inscritas en el RST:
- Si tiene una participación superior al 10% en una o varias sociedades que NO están inscritas en el Régimen Simple, sus ingresos también se consolidan en esa proporción para verificar que no supere el límite de 100.000 UVT.
6. Cumplimiento de obligaciones:
- Estar al día con todas sus obligaciones tributarias de carácter nacional y local.
- Estar al día con el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral.
- Estar inscrito en el RUT.
- Contar con todos los mecanismos electrónicos de cumplimiento (firma electrónica, factura electrónica o documento equivalente electrónico).
¿Quiénes NO pueden pertenecer al Régimen Simple?
Existen situaciones que impiden su permanencia o inscripción en este régimen. Los siguientes contribuyentes están excluidos del RST:
- Personas jurídicas de origen extranjero.
- Personas naturales sin residencia en Colombia.
- Personas naturales cuya actividad configura una relación laboral o legal reglamentaria (empleados).
- Empresas cuyos socios incluyan personas jurídicas extranjeras.
- Entidades financieras.
- Personas jurídicas o naturales que realicen actividades que le generen ingresos pasivos ingresos pasivos o no operacionales, cuando representen el 20% o más del total de los ingresos, salvo las excepciones legales, actividades de microcrédito, actividades relacionadas con la energía eléctrica, actividades de factoring, entre otras.
Plazo crucial: Febrero es tu mes
Para el año gravable 2026, tiene hasta el último día hábil de febrero (28 de febrero de 2026) para solicitar su inscripción en el RST. Este es un plazo improrrogable establecido por la DIAN. Después de esta fecha, no podrá inscribirse hasta el próximo año (salvo que sea la primera vez en que se inscribe en el RUT). Si ya estaba inscrito y necesita salir del régimen simple, tiene hasta el último día hábil de enero para comunicarlo, de lo contrario, permanecerá obligatoriamente en el régimen durante todo el año.
Ventajas de estar en el Régimen Simple
A diferencia del Régimen Ordinario, el RST ofrece:
- Un solo formulario para declarar y pagar diferentes impuestos (impuesto sobre la renta, impuesto de industria y comercio, impuesto al consumo).
- Reducción significativa de obligaciones de reporte y documentación.
- Simplificación administrativa: presenta una declaración anual consolidada por los impuestos mencionados y anticipos bimestrales del impuesto.
- Mejora en su flujo de caja gracias a tarifas más bajas en comparación con el régimen ordinario.
¿Qué debe hacer ahora?
Le recomendamos:
- Verificar ingresos de 2025: Revisar si permanecen por debajo de los límites establecidos (100.000 UVT).
- Confirmar el cumplimiento de obligaciones: Asegúrese de estar al día con sus obligaciones tributarias y de seguridad social.
- Evaluar su intención: Decida si desea mantener el régimen o cambiarlo.
Actuar antes del término: Si necesita hacer cambios en su estructura tributaria, solicita la inscripción o actualización de tu RUT con la DIAN dentro del plazo establecido.
Desde RSM, estamos listos para ayudarlo
En RSM Colombia contamos con un equipo especializado en tributación que puede asesorarlo en esta evaluación crítica.
Nuestros expertos pueden ayudarlo a:
- Revisar si cumple con todos los requisitos del RST para 2026.
- Analizar los beneficios tributarios que representa su situación actual.
- Gestionar sus trámites ante la DIAN de manera oportuna y eficiente.
- Diseñar la estructura tributaria más conveniente para su negocio.