Cuando nos referimos al Decreto 329/025 que actualizó el régimen de promoción de inversiones de la COMAP (vigente desde el 1° de febrero de 2026), la atención suele posarse en los grandes proyectos, sin embargo, uno de los cambios más relevantes del nuevo marco está específicamente diseñado para las micro, pequeñas y medianas empresas.
La Comisión de Aplicación (COMAP) ha compartido recientemente información que remarca el atractivo del nuevo régimen para las empresas de menor porte.
Concretamente, se amplían los incentivos fiscales para las micro, pequeñas y medianas empresas, (ver clasificación según Decreto 504/007) con el objetivo de facilitar y hacer más atractiva la realización de inversiones.
Los principales beneficios son:
Micro y pequeñas empresas
| Ganan 15 puntos porcentuales adicionales en la exoneración de IRAE y dos años adicionales para usar el beneficio.
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Medianas empresas <= 50 empleados
| Ganan 10 puntos porcentuales adicionales y un año adicional para aplicar el beneficio.
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Nota: Se elimina el límite de inversión de UI 3,5 millones que anteriormente condicionaba el beneficio adicional de las micro y pequeñas empresas.
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El porcentaje base de exoneración se determina mediante la matriz de indicadores de COMAP y nunca puede superar el 100% de la inversión denominada “elegible”. Sobre ese resultado se aplica el beneficio adicional donde, por ejemplo, una pequeña empresa cuyo proyecto obtenga inicialmente una exoneración del 40% podría alcanzar el 55%.
Para acceder a este beneficio, la empresa debe acreditar su categoría mediante una constancia de Dinapyme, y en el caso de no contar con contabilidad suficiente, deberá presentar su última declaración jurada de IRAE.
Aquellas empresas nuevas también cuentan con la posibilidad de presentarse, a pesar de que no hayan facturado en anteriores ejercicios económicos, siempre que se comprometan a calificar como Mipyme en el ejercicio siguiente al primero en que obtengan ingresos operativos.
El incumplimiento, en este aspecto, implicará reliquidar los impuestos, con multas y recargos.
Asimismo, el procedimiento de presentación se digitalizó mediante VUI/VUCE procurando reducir la información requerida y agilizar la evaluación. En lo que refiere a micro y pequeñas empresas que tributan por Literal E o IRAE ficto y no poseen contabilidad suficiente tendrán un beneficio específico que será implementado por ANDE.
Es real pensar que hasta el momento muchas micro y pequeñas empresas no encontraban en el régimen de COMAP una herramienta atractiva puesto que los beneficios estaban diseñados pensando en proyectos de mayor tamaño, y “castigando” de cierta forma a las empresas de menor porte ya que en ocasiones, claramente, el beneficio potencial no justificaba el proceso.
El Decreto 329/025 cambia esa lógica y los puntos adicionales de IRAE y los plazos extendidos hacen fuerza para inclinar la balanza y hacer que el régimen sea accesible y conveniente para empresas que de otro modo no lo considerarían.