Por Jesús Rey - Payroll Senior
El próximo miércoles 19 de agosto se conmemora en Uruguay el Día del Trabajador Doméstico (Decreto Nº 670/008), fecha establecida como feriado pago y no laborable para quienes se encuentran comprendidos dentro del sector (Grupo 21 del Consejo de Salarios).
La fecha constituye una instancia relevante para recordar las particularidades de este régimen laboral y las obligaciones que deben contemplarse al momento de gestionar una relación de trabajo doméstico.
Cuando el 19 de agosto coincide con un día habitual de trabajo, corresponde aplicar el régimen previsto para los feriados pagos. En consecuencia, el trabajador que no presta servicios ese día mantiene el derecho a percibir su remuneración habitual. Por su parte, cuando existe prestación efectiva de tareas durante el feriado, corresponde considerar el tratamiento salarial establecido para estos casos, es decir, abonar las horas trabajadas en el día y, además, el jornal por ser feriado.
Es importante que los empleadores tengan presente que el régimen del trabajo doméstico comprende, además, otros derechos laborales y de seguridad social, tales como licencia anual, salario vacacional, aguinaldo, cobertura de salud y accidentes de trabajo, entre otros.
Asimismo, el sector cuenta con un régimen de negociación colectiva específico, por lo que periódicamente pueden establecerse actualizaciones salariales, beneficios y condiciones particulares que deben ser considerados al momento de liquidar las remuneraciones.
Desde el punto de vista de la gestión laboral, estas fechas representan una buena oportunidad para verificar que la relación laboral esté correctamente registrada y que la liquidación de haberes contemple las disposiciones vigentes.
El Día del Trabajador Doméstico no solo implica considerar el tratamiento correspondiente al 19 de agosto, sino también recordar la importancia de mantener actualizadas las obligaciones laborales y de seguridad social vinculadas al sector.
Ante cualquier duda respecto de la liquidación de haberes o el cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social correspondientes al personal de servicio doméstico, nuestro estudio cuenta con un equipo especializado que brinda asesoramiento y servicios de liquidación para este tipo de relaciones laborales.