Registro Único de Beneficiarios Finales - RUB

A través de la Resolución No. 164 del 27 de diciembre de 2021, la DIAN reglamentó lo establecido en los artículos 631-5 y 631-6 del Estatuto Tributario frente al registro de los beneficiarios finales. No obstante, con la Resolución 37 del 17 de marzo de 2022, dicha obligación ha presentado algunas modificaciones que procedemos a detallar en el desarrollo del presente escrito.

no_6_-_beneficiarios_finales.pdf