Por Jessica González
Desde el año 2013, los trabajadores del Servicio Doméstico cuentan con el beneficio adicional de una Prima por Presentismo, que se paga dos veces al año conjuntamente con el aguinaldo, y premia la asistencia perfecta en el período considerado.
Esta prima equivale a un 25% del aguinaldo que le corresponde percibir al trabajador, siempre que no haya registrado inasistencias en los períodos de diciembre a mayo, para el aguinaldo de junio, y de junio a noviembre para el aguinaldo de diciembre.
La normativa establece las siguientes inasistencias como justificadas, y como consecuencia no generan la perdida de la prima:
- Enfermedad comprobada, mediante certificado de BPS o BSE
- Inasistencias por huelgas decretadas por el PIT-CNT y/o SUTD
- Licencia anual reglamentaria
- Licencias especiales (estudio, matrimonio, duelo)
Si al trabajador no le corresponde la prima por presentismo, el empleador deberá informarlo a BPS entre el 1ero y el 30 de junio, mediante uno de los siguientes medios:
- Aplicación móvil “BPS Trabajo Doméstico”, a través de la funcionalidad “Declarar no presentismo”.
- Sitio web de BPS:
- Para usuarios registrados, Trabajo Doméstico: inscribir trabajadores y modificar datos.
- Para usuarios no registrados, Informar no pago de prima por presentismo de Trabajo Doméstico.
En caso de que corresponda el pago de dicha partida, BPS calculara automáticamente los aportes de la misma, tomando como base cálculo los salarios nominales que fueron informados en el período a considerar.